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Licencia cripto en Omán: registro VASP ante la FSA y el borrador del VARF

Omán regula los activos virtuales a través de la Financial Services Authority (FSA), el organismo que sustituyó a la Capital Market Authority en marzo de 2024. A , solo está operativo un registro de VASP provisional, orientado a AML, conforme a la Decisión de la FSA n.º E/35/2023. El Virtual Assets Regulatory Framework completo (VARF), que licenciará todas las categorías de VASP, se anunció en 2023 y fue sometido a consulta, pero no ha sido promulgado. La posición honesta: una firma puede registrarse ahora sobre la base AML/CFT, pero la licencia completa, sus categorías, sus niveles de capital y sus tasas todavía no existen.

Esta guía cubre el reparto regulatorio entre la FSA y el CBO, la transición de la CMA a la FSA, lo que exige el registro provisional, el sandbox fintech de la FSA y el CBO, la posición fiscal del 15% de impuesto de sociedades, la fricción bancaria que suele condicionar un proyecto cripto en Omán y la situación de Omán ante el FATF. Cuando una cifra realmente no se ha publicado, lo indicamos en lugar de inventarla. La constitución de la entidad local se trata en la página de constitución de sociedades en Omán; esta página recoge el detalle del licenciamiento de activos virtuales. Jagelski & Partners analiza su entrada tanto frente al registro vigente como frente al marco previsto en un solo encargo.

Regulación de criptoactivos en Omán: visión general rápida
Tipo de licenciaRegistro provisional de VASP (AML/CFT) conforme a la Decisión FSA E/35/2023, ya en vigor; licencia completa de VASP bajo el VARF anunciada pero aún no promulgada
ReguladorFinancial Services Authority (FSA, antes la CMA); Central Bank of Oman (CBO) para pagos, dinero electrónico y valor almacenado
Instrumento jurídicoResolución FSA E/35/2023; Real Decreto 30/2016 (AML/CFT); Real Decreto 20/2024 (Ley FSA); VARF (borrador)
Capital mínimoAún no fijado para los VASP. La FSA no ha publicado ninguna cifra de capital para los VASP; el VARF, que fijaría los tramos de capital, sigue en fase de borrador
Tasas gubernamentalesAún no publicado. A fecha de junio de 2026 no se ha publicado ninguna tasa de registro VASP ni tabla de tasas VARF
PlazosRegistro: decisión de la FSA en el plazo de un mes desde la presentación de una solicitud completa. Plazo de la licencia plena: no fijado (marco normativo no promulgado)
Impuesto de sociedades15% general (3% para pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos); 5% de IVA; sin impuesto sobre la renta de las personas físicas; sin impuestos específicos sobre criptoactivos
Presencia localObligatorio: una entidad constituida en Omán con un lugar de trabajo físico; se prevé la presentación de documentos en árabe
Situación FATFLimpia (supervisada): miembro del MENAFATF; Informe de Evaluación Mutua publicado en diciembre de 2024; no incluida en la lista gris
Acceso al mercadoSin pasaporte MiCA de la UE ni pasaporte para todo el CCG; una autorización de Omán no alcanza a los EAU ni a la UE
Ideal paraEmpresas de activos virtuales pioneras que preparan su entrada ante la promulgación de la VARF; operadores que utilizan el registro AML/CFT provisional; operadores mineros y afines a centros de datos

¿Por qué fijarse ahora en Omán para el sector cripto?

Omán es una jurisdicción de activos virtuales en fase inicial, no consolidada. El argumento honesto para actuar ahora es la posibilidad de escalonar la entrada frente a un marco que está por llegar y no frente a uno ya asentado. Existe ya un registro FSA en vigor, orientado a AML, la base fiscal es reducida y la demanda de una autorización específica de Omán es baja con escasa competencia, de modo que un operador bien preparado puede llegar temprano. La contrapartida es la franqueza: las normas completas de licenciamiento, el capital y las tasas aún no se han publicado, y el acceso bancario es difícil.[2]

En resumen: A fecha de , Omán ofrece un registro interino de VASP en vigor conforme a la Decisión FSA E/35/2023, pero no una licencia VASP completa. El Marco Regulatorio de Activos Virtuales completo sigue en fase de borrador. Esta página es honesta sobre lo que se puede y no se puede obtener hoy; está pensada para operadores dispuestos a entrar de forma temprana en un régimen emergente, no para quienes necesitan un cuerpo normativo terminado.

Diferenciador honesto: un régimen en transición, no un producto acabado

La mayor parte de la cobertura sobre criptoactivos en Omán consiste en resúmenes regionales del CCG o en explicaciones superficiales del tipo «¿son legales los criptoactivos?». Pocos recursos distinguen lo que está realmente en vigor (el registro AML/CFT) de lo que solo se ha anunciado (el régimen completo de licenciamiento VARF), y menos aún emplean correctamente el nombre del regulador tras el cambio de denominación de 2024. Aquí el valor está en la precisión: el instrumento vigente, el instrumento en proyecto, el reparto de competencias entre reguladores y los puntos en los que una cifra es genuinamente indeterminable porque la norma aún no se ha redactado.

Un operador que comprende qué puerta está abierta hoy y cuál no puede posicionarse por delante de un mercado que todavía se está definiendo.

Una base fiscal ligera y sin impuesto específico sobre criptoactivos

Omán aplica un impuesto sobre sociedades general del 15%, con un tipo del 3% para pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos, un IVA del 5% y ningún impuesto sobre la renta de las personas físicas, por lo que las ganancias de criptoactivos de los particulares quedan efectivamente sin gravar.[6] No existe legislación fiscal específica sobre criptoactivos: una empresa de activos virtuales tributa conforme a las normas generales del impuesto sobre sociedades y del IVA.

Se trata de una posición fiscal más convencional que la de un centro offshore de tributación cero, pero se combina con la credibilidad onshore del Golfo en lugar del lastre reputacional offshore. El apartado de Fiscalidad expone todo el detalle, incluido el impuesto complementario del Pilar Dos para los grandes grupos.

La expansión de la minería señala un compromiso soberano

Al margen del licenciamiento de VASP, Omán ha invertido de forma considerable en capacidad de minería de criptoactivos y de centros de datos en la Zona Franca de Salalah, con una inversión conjunta en instalaciones que, según se ha informado, supera los 700 millones USD, y el puso en marcha un pool nacional de minería, Omanhash.om.[12] Esa infraestructura respaldada por el Estado apunta a un gobierno que considera el sector estratégico, lo que forma parte de la lectura hacia una eventual promulgación del VARF.

No obstante, la infraestructura soberana no es una autorización VASP, y ambas no deben confundirse nunca; la distinción se desarrolla más abajo, en Minería frente a licenciamiento VASP.

La posición de Omán frente a sus homólogos del Golfo

Realmente la comparación es con los EAU, que llevan varios años de ventaja con múltiples reguladores en funcionamiento, y con la UE a través de Chipre para los operadores que necesitan un pasaporte MiCA. Omán todavía no compite con los EAU para una firma que necesita una licencia completa hoy.

Resulta competitiva como posición de entrada temprana para un operador que busca una presencia onshore en el Golfo, una situación limpia ante el FATF y la opcionalidad de estar registrado antes de que llegue el marco completo. How Oman Compares presenta los tres en paralelo en una tabla comparativa.

¿Es legal el cripto en Omán?

Los criptoactivos en Omán se sitúan en una zona gris regulada: no están prohibidos ni plenamente aceptados. No son moneda de curso legal ni están protegidos por la normativa bancaria omaní, y el Banco Central de Omán ha advertido de que los tenedores actúan por su cuenta y riesgo. La prestación de servicios de activos virtuales está permitida, siempre que la empresa se registre ante la FSA y cumpla los requisitos AML/CFT. La posición es permisiva pero condicionada, no prohibicionista.

En resumen: Mantener y negociar criptomonedas no está penalizado, pero las criptomonedas no son moneda de curso legal y carecen de protección conforme al derecho bancario. Toda empresa que preste servicios de activos virtuales hacia o desde Omán debe registrarse previamente ante la FSA en virtud de la Decisión E/35/2023. Las monedas de privacidad y las herramientas de anonimato están prohibidas, y el juego está prohibido de forma separada y absoluta.

Emitido en 2020 y reiterado desde entonces, un aviso de advertencia del Banco Central de Omán señala que las criptomonedas no son moneda de curso legal, no están protegidas por la Ley Bancaria (Real Decreto 114/2000) y que ninguna entidad está autorizada para operar con cripto, por lo que los usuarios realizan sus operaciones por su cuenta y riesgo.[7]

Ese aviso no ha sido derogado por el posterior régimen de registro de la FSA; ambos coexisten. La declaración del CBO rige la dimensión monetaria y de protección del consumidor, mientras que el registro ante la FSA determina quién puede prestar servicios de activos virtuales con carácter empresarial.

Interpretar el registro ante la FSA como algo que prevalece sobre la advertencia del CBO sería un error: un VASP registrado sigue sin poder presentar los criptoactivos como moneda de curso legal ni ampararse en la protección de la normativa bancaria para las tenencias de criptoactivos.

Transición regulatoria: de la CMA a la FSA

De todo lo relativo al régimen de activos virtuales de Omán, el hecho más importante —y el peor gestionado con mayor frecuencia— es el cambio de nombre del regulador. La Capital Market Authority (CMA) ya no existe. En virtud del Real Decreto 20/2024, en vigor desde el , la CMA fue suprimida y la Financial Services Authority (FSA) asumió íntegramente sus funciones. Toda referencia legal a la CMA se entiende ahora hecha a la FSA.

En resumen: el Real Decreto 20/2024 sustituyó la CMA por la FSA el , transfiriendo todos los activos, derechos y obligaciones, y reemplazando «Capital Market Authority» por «Financial Services Authority» en todo el texto legal. La FSA, y no la antigua CMA, es el regulador principal de los activos virtuales.

Qué cambió el cambio de nombre y qué no

Institucionalmente, el cambio de nombre fue una reorganización, no un reinicio de las normas sobre criptoactivos. La FSA heredó el mandato de la CMA sobre mercados de capitales, seguros y la profesión contable y de auditoría, y sumó el ámbito de los activos virtuales.[13] De forma decisiva, el registro provisional de VASP que la CMA introdujo en 2023 mediante la Decisión E/35/2023 se mantuvo intacto y ahora lo administra la FSA. Anunciado por primera vez bajo la CMA a principios de 2023, el futuro VARF continúa igualmente como línea de trabajo de la FSA.

Así pues, la posición sustantiva —un registro AML en vigor más un borrador de marco completo— es exactamente la misma que antes; lo único que cambió fue el nombre en la puerta.

Dos instrumentos, dos estatus diferentes

La transición que realmente importa para un operador no es tanto el cambio de nombre de CMA a FSA; es el desfase entre los dos instrumentos sobre activos virtuales:

  • Ya en vigor: el registro provisional de VASP. La Decisión FSA n.º E/35/2023, dictada a mediados de 2023, impone el registro obligatorio y obligaciones AML/CFT a los proveedores de servicios de activos virtuales. Es operativa y la FSA resuelve sobre una solicitud completa en el plazo de un mes.[2]
  • Borrador: el marco regulatorio completo de activos virtuales (VARF). Anunciado en febrero de 2023, sometido a consulta entre el y el , y concebido para licenciar todas las categorías de VASP con un régimen completo de supervisión y de abuso de mercado. A finales de 2024 seguía en revisión y sin promulgar, y una verificación independiente realizada a mediados de 2026 no halló ninguna norma definitiva, ninguna publicación en el Boletín Oficial ni ninguna decisión de la FSA de 2026 que instaurara el licenciamiento completo de VASP.[2][16]
Precaución con las fechas: algunos agregadores secundarios mencionan una “consulta final de 2025” sobre el VARF. No hemos podido corroborarlo con ninguna fuente primaria; parece tratarse de una datación errónea de la consulta de agosto de 2023. Considere la consulta de 2023 como la única confirmada, y el marco como aún no promulgado, hasta que la FSA publique una regulación definitiva.

Quién regula los activos virtuales en Omán

Tres organismos comparten el perímetro de los activos virtuales: la FSA lidera en materia de activos virtuales y valores, el Banco Central de Omán se ocupa de los pagos y el dinero electrónico, y el Centro Nacional de Información Financiera es la Unidad de Inteligencia Financiera. Determinar el regulador competente para un token o una actividad concretos es el primer paso analítico, porque un token de pago, un token de valores y un activo virtual genérico se sitúan en lugares distintos.

Definición: registro de VASP (Omán, FSA, Decisión E/35/2023)

Un registro VASP en Omán es la autorización provisional, de carácter AML, que la FSA concede en virtud de la Decisión n. E/35/2023 a quien preste servicios de activos virtuales en Omán o desde Omán. Es obligatorio antes de cualquier actividad con activos virtuales e impone obligaciones de registro, evaluación del riesgo del cliente, monitorización de operaciones, comunicación de operaciones sospechosas al Centro Nacional de Información Financiera, gobernanza y reporte periódico a la FSA.[2] Se trata de un registro, no de una licencia prudencial completa: no establece categorías de licencia, capital mínimo ni un baremo de tasas, cuestiones todas reservadas al futuro VARF. La FSA resuelve una solicitud completa en el plazo de un mes.

La separación entre la FSA y el CBO

Los límites entre ambos reguladores dependen de la función del token. La FSA regula los activos virtuales y los valores; la CBO conserva los pagos, el dinero electrónico y los instrumentos de valor almacenado. Un token que funciona como dinero electrónico o como instrumento de pago puede quedar sujeto a la Ley de Sistemas Nacionales de Pago de la CBO (Real Decreto 8/2018 y su Reglamento de Ejecución), mientras que un token que es un valor queda sujeto a la Ley del Mercado de Valores (Real Decreto 46/2022) y a las normas de mercado de capitales de la FSA.[15]

Con frecuencia se requiere un análisis de doble clasificación: un mismo producto puede presentar características que activen más de un régimen, y el registro ante la FSA no excluye la jurisdicción de la CBO sobre un elemento de token de pago.

Jurisprudencia y estatuto de la propiedad

A mediados de 2026 no se ha localizado ninguna resolución judicial omaní publicada que reconozca los activos virtuales como propiedad, ni que aborde la recuperación o la ejecución sobre criptoactivos. La ausencia de jurisprudencia es en sí misma un dato de planificación: un operador no puede basarse en una posición judicial consolidada sobre si los criptoactivos constituyen propiedad conforme al derecho omaní, y debería estructurar de forma conservadora la custodia, la segregación de los activos de clientes y las cláusulas de resolución de controversias, en lugar de presuponer que los tribunales tratarán los tokens como tratarían la propiedad convencional.

Categorías de registro y perímetro de actividad

El registro provisional cubre un conjunto definido de actividades de activos virtuales. Se espera que el VARF completo amplíe y formalice el perímetro mediante categorías de licencia designadas, pero dichas categorías todavía no existen. Lo que sigue es la posición vigente conforme a la Decisión E/35/2023, con el alcance propuesto del VARF señalado como propuesto.

Actividades cubiertas por el registro provisional

La Decisión E/35/2023 alcanza las siguientes actividades de activos virtuales, que reflejan la definición de VASP del FATF:[2]

  • Exchange entre activos virtuales y moneda fiat. Operación de una vía de entrada o salida entre cripto y fiat.
  • Exchange entre formas de activos virtuales. Servicios de exchange cripto-cripto.
  • Transferencia de activos virtuales. Movimiento de un activo virtual por cuenta de otra persona.
  • Salvaguarda y administración de activos virtuales. Custodia, incluido el control de los instrumentos que permiten el control sobre un activo virtual.
  • Participación en servicios financieros relacionados con activos virtuales. Incluida la emisión y venta de un activo virtual.

Perímetro VARF propuesto (aún no promulgado)

Las propuestas para el futuro VARF abarcan los criptoactivos, los tokens, los exchanges de cripto, las ofertas iniciales de monedas y la emisión de tokens, la custodia y las categorías de intermediación y asesoramiento, con un régimen completo de supervisión y vigilancia del mercado.[1] Hasta que se apruebe, ninguna de estas categorías de licencia propuestas está disponible, y un operador no puede solicitar una licencia VARF que todavía no existe. El perímetro de DeFi, DAO y NFT no está definido en ningún instrumento omaní en vigor y permanece abierto a la espera de las normas definitivas.

Fuera de alcance y prohibido

  • Fuera del ámbito. Representaciones digitales de moneda fiat, valores y otros activos financieros ya cubiertos por otros marcos; los pagos, el dinero electrónico y los instrumentos de valor almacenado siguen correspondiendo al CBO.[15]
  • Prohibido. Las monedas de privacidad y la tecnología que refuerza el anonimato, incluidos mixers, tumblers y monederos de privacidad, están prohibidas conforme al enfoque omaní.[2]
  • Prohibición independiente. El juego está absolutamente prohibido por la legislación omaní, con independencia del marco de los activos virtuales.

Requisitos para el registro VASP ante la FSA

Para registrarse con carácter provisional, una firma necesita una entidad omaní constituida localmente con un lugar de trabajo físico, un programa AML/CFT proporcionado a la actividad, una función designada de compliance y gestión de riesgos, y los sistemas para monitorizar las operaciones y presentar informes de operaciones sospechosas. Dado que el VARF completo aún no ha sido promulgado, no existe un capital mínimo publicado ni un catálogo de documentos prescritos como el que impone un régimen de licenciamiento consolidado; los requisitos vinculantes son la entidad, la presencia local y la implantación del sistema AML.

En resumen: Los dos elementos decisivos son (a) una entidad omaní real con un lugar de trabajo efectivo en Omán y (b) un programa AML/CFT operativo con una función de compliance designada. Aún no se han publicado los importes de capital ni los baremos de tasas, por lo que no conviene presupuestar sobre una cifra de capital de la FSA que no existe.
RequisitoRegistro provisional VASP de la FSA
EntidadPersona jurídica constituida en Omán (la LLC de mainland es el vehículo habitual); también está incluida en el ámbito de aplicación la persona física con un establecimiento en Omán
Presencia localRequisito: un lugar de trabajo físico en Omán, no una dirección virtual
Propiedad extranjeraHasta el 100% permitido en la mayoría de los sectores en virtud de la Ley de Inversiones de Capital Extranjero (Real Decreto 50/2019)
Capital mínimoNo hay cifra publicada de capital mínimo para VASP a fecha de junio de 2026 (VARF aún en fase de proyecto)
Función de complianceFunción designada de compliance / MLRO con la antigüedad necesaria para gestionar el programa AML/CFT
Programa AML/CFTEvaluación del riesgo de cliente, monitorización de transacciones, políticas internas, comunicación de STR, conservación de registros, gobernanza y estructuras de gestión de riesgos
Comunicación de operaciones sospechosasAl Centro Nacional de Información Financiera (la FIU)
Estados financieros auditadosEstados financieros IFRS de la entidad corporativa
Director local / nacionalidadSe ha informado de ello para algunas licencias reguladas y de pago; no confirmado para VASP a fecha de junio de 2026
Idioma de presentación de documentosSe espera el árabe para las gestiones oficiales; el sitio de la FSA ofrece el inglés únicamente mediante traducción automática

Entidad local y sustancia económica

La Decisión E/35/2023 alcanza a las personas jurídicas constituidas en Omán y a las personas físicas con un centro de actividad en Omán, y la consulta original indicaba que los VASP deben tener presencia local mediante una entidad legalmente establecida y un lugar de trabajo físico.[2] La propiedad extranjera de hasta el 100% está permitida en la mayoría de los sectores conforme a la Foreign Capital Investment Law (Royal Decree 50/2019), y una LLC estándar en el territorio continental necesita al menos uno o dos socios y una oficina física.[14]

Las zonas francas de Omán (Salalah, Sohar, Duqm, Al Mazunah) ofrecen exenciones fiscales y propiedad extranjera del 100%, pero son zonas logísticas e industriales, no zonas francas criptofinancieras, y el régimen VASP de la FSA es nacional y no específico de una zona.

Por lo tanto, no existe ninguna excepción para criptoactivos ni a nivel municipal ni en zonas francas, razón por la cual esta página se ubica en la URL de Omán a nivel de país. La constitución de entidades se aborda en la página de constitución de sociedades en Omán.

Obligaciones AML/CFT

El registro debe estar en vigor antes de cualquier actividad con activos virtuales. Las obligaciones sustantivas de AML/CFT son la evaluación del riesgo del cliente, la monitorización de transacciones, las políticas y procedimientos internos, la comunicación de transacciones sospechosas al Centro Nacional de Información Financiera, la conservación de registros y las estructuras de gobernanza y gestión de riesgos, con presentación de informes periódicos a la FSA. Los VASP existentes debían adaptarse en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la decisión.

El Real Decreto n.º 30/2016 sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo es la norma AML de base, y su amplia definición de “fondos” abarca las formas electrónicas y digitales.[2] Se esperan procedimientos de conocimiento del cliente como parte del programa AML/CFT, aunque la decisión no emplee expresamente el término “KYC”. El detalle de compliance se desarrolla más abajo, en Compliance AML/CFT.

Proceso de solicitud, plazos y el sandbox

Para el registro provisional, la FSA debe resolver una solicitud completa en el plazo de un mes. La verdadera labor consiste en preparar una solicitud completa: la entidad omaní, la oficina física, el conjunto de políticas AML/CFT y la función de compliance designada deben estar en su lugar antes de que empiece a contar el plazo. No existe plazo legal para la licencia VARF completa, ya que el marco normativo no ha sido promulgado.

En resumen: la FSA resuelve una solicitud de registro completa en el plazo de un mes, pero conviene prever varios meses de preparación hasta que la solicitud esté completa. El calendario de la licencia plena se desconoce hasta que se promulgue la VARF. Entretanto, un producto en funcionamiento puede probarse en el sandbox fintech de la FSA y el CBO.
Paso 1 Varias semanas

Constitución de sociedades en Omán

Constituya la entidad omaní (una LLC de mainland es el vehículo habitual) y asegure un lugar físico de trabajo. En la mayoría de los sectores es posible una participación extranjera de hasta el 100%. Consulte constitución de sociedades en Omán para conocer los detalles de la creación de la entidad.

Paso 2 Varias semanas

Desarrollo AML/CFT

Elaborar el conjunto de políticas AML/CFT, la metodología de evaluación del riesgo de clientes y los procedimientos de monitorización de transacciones; designar y dotar de recursos la función de compliance / MLRO; implantar la comunicación de operaciones sospechosas al Centro Nacional de Información Financiera.

Paso 3 Variable

Preparación de la solicitud (árabe previsto)

Compilar la solicitud de registro, la documentación de gobernanza y de gestión de riesgos, así como los registros de la entidad y de titularidad real. Las gestiones oficiales se realizan en árabe, por lo que el solicitante debe preparar la documentación en árabe en lugar de recurrir a la traducción automática.

Paso 4 En el plazo de 1 mes desde un expediente completo

Decisión de la FSA

La FSA debe resolver una solicitud completa en el plazo de un mes, inscribiendo al VASP aprobado en un registro y expidiendo un certificado de aprobación. Las solicitudes incompletas reinician el cómputo efectivo del plazo.

El sandbox corregulatorio fintech de la FSA y el CBO

Omán cuenta con un FSA Fintech Co-Regulatory Sandbox, gestionado conjuntamente con el Banco Central de Omán, que permite a una empresa probar una solución desarrollada y operativa bajo supervisión regulatoria. Los solicitantes reciben notificación en un plazo de 30 días hábiles desde la presentación de una solicitud completa, y el sandbox está abierto a empresas locales o extranjeras, y con o sin licencia.[4][5] Por separado, en el marco del propio Fintech Regulatory Sandbox del CBO, el solicitante debe iniciar las pruebas en vivo en un plazo de 15 días desde la aprobación final.[8]

Probar un producto realmente desarrollado frente a las expectativas regulatorias es la finalidad del sandbox, no un atajo hacia una autorización completa: no sustituye al registro ante la FSA cuando la actividad está dentro del ámbito, y la expansión comercial sigue pasando por el régimen de registro y, en última instancia, por el VARF una vez que se promulgue.

Documentación requerida

El registro provisional de VASP de Omán no cuenta con un listado publicado de documentos prescritos a fecha de . La Decisión E/35/2023 y el procedimiento de la FSA sí identifican los documentos que un expediente completo debe acreditar: una entidad constituida en Omán y un lugar físico de trabajo, la estructura de propiedad y gobernanza, un programa AML/CFT operativo y una función designada de compliance y gestión de riesgos.[2] El VARF completo podrá añadir o sustituir requisitos cuando se promulgue.

Límite de la evidencia: Los encabezados siguientes describen categorías de evidencia confirmadas para el registro provisional, no una lista de comprobación emitida por el regulador. Reconfirme los requisitos de archivo, idioma y formulario con la FSA inmediatamente antes de la presentación.

Registros de entidad, titularidad y gobernanza

Prepare el certificado omaní y los registros constitutivos, la prueba del lugar físico de trabajo, el organigrama de participaciones y los registros del titular real último, así como los documentos que identifiquen al órgano de gobierno, al responsable de compliance y a la responsabilidad de gestión de riesgos. Las gestiones oficiales se tramitan en árabe, por lo que el conjunto de documentos debería prepararse en árabe en lugar de recurrir a la traducción automática del sitio web de la FSA.[2][14]

Registros AML/CFT y operativos

El expediente de trabajo debe acreditar la evaluación de riesgo de cliente, la monitorización de transacciones, las políticas y procedimientos internos AML/CFT, la comunicación de operaciones sospechosas al Centro Nacional de Información Financiera, la conservación de registros y las estructuras de gobernanza y gestión de riesgos que sustentan dichos controles. Incluya los estados financieros IFRS de la entidad cuando resulte aplicable, así como la documentación de solicitud descrita en el proceso anterior. Dado que el marco completo sigue en fase de borrador, conviene revisar este conjunto cuando se publiquen el VARF y sus formularios.[2]

Costes, comisiones y capital

Las cifras regulatorias de referencia que un operador compararía normalmente —la tasa de registro, la tasa de licencia, el capital mínimo— no están publicadas para los VASP de Omán a fecha de . No las inventamos. Lo que sí puede presupuestarse con seguridad es el coste de constituir la entidad, desarrollar el programa AML y alcanzar la preparación para auditoría. La tabla siguiente expone lo que se sabe y, con la misma importancia, lo que no.

Por qué estas celdas indican «no publicado»: la tasa de registro provisional no se ha publicado, y el VARF, que fijaría las tasas de licencia, las tasas anuales y el capital mínimo, sigue en fase de borrador. Cualquier cifra concreta de tasas o de capital para VASP citada en otro lugar respecto de Omán debe tratarse con cautela hasta que la FSA publique un cuadro de tarifas. Preferimos mostrar un vacío antes que una conjetura.
Concepto de costeSituación a junio de 2026
Tasa de registro VASP provisionalNo publicado públicamente
Licencia VARF / tasas anualesNo fijado (VARF en borrador)
Capital mínimo del VASPNo establecido / no publicado
Constitución de sociedades (LLC en mainland, registro gubernamental)El registro comercial y la afiliación a la cámara son moderados; se ha informado de una cifra agregada de registro gubernamental de unos 3.500 OMR ~9.100 USD repartida entre distintos ministerios
Implementación legal, AML y de compliance (arquetipo)Gasto significativo en asesoramiento y desarrollo AML para el conjunto de políticas, la función MLRO, KYC y las herramientas de monitorización de transacciones, así como la preparación para auditorías; la cifra exacta no es publicable hasta que se fijen los requisitos de la licencia VARF
Preparación para auditoríasEstados financieros auditados conforme a las NIIF de la entidad corporativa

Al comunicarse como coste de constitución en el continente y no como tasa regulatoria de VASP, la cifra de 3.500 OMR de registro gubernamental se muestra únicamente a título de contexto. La FSA no ha publicado ninguna tasa de registro de VASP, tasa de licencia VARF ni cifra de capital mínimo.

A modo de contexto, y explícitamente no como cifra para un VASP, se ha informado de que el licenciamiento separado de servicios de pago y dinero electrónico del CBO exige un capital mínimo de alrededor de 500.000 OMR ~1,3 M USD con una tasa anual cercana a 5.000 OMR ~13 K USD. Se trata de cifras de la licencia de pagos del CBO, no de cifras de VASP de la FSA, y no deben extrapolarse a un registro de activos virtuales. La conclusión práctica es que los costes ciertos son la entidad, la implantación AML y la auditoría; las tasas regulatorias y el capital siguen siendo una incógnita conocida hasta que la FSA los publique.

Fiscalidad

El impuesto sobre sociedades en Omán tiene un tipo general del 15%, con un tipo reducido del 3% para los pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos, junto con un IVA del 5%, sin impuesto sobre la renta de las personas físicas y sin fiscalidad específica para los criptoactivos. Un negocio de activos virtuales tributa conforme a las normas generales del impuesto sobre sociedades y del IVA. El único elemento cambiante para los grandes grupos es el impuesto complementario del Pilar Dos de la OCDE, en vigor desde el 1 de enero de 2025.

Tipo de impuestoTarifaSolicitud de licencia de criptoactivos
Impuesto sobre sociedades (tipo nominal)15%Tipo estándar sobre los beneficios empresariales, incluida una sociedad operativa de criptoactivos.[6]
Impuesto sobre sociedades (pyme cualificada)3%Tipo reducido para pequeños contribuyentes que cumplan los umbrales.[9]
IVA (general)5%Introducido el 16 de abril de 2021; los servicios financieros suelen estar exentos o sujetos a tipo cero.
Fiscalidad específica de criptoactivosNingunoNo existe legislación fiscal específica sobre criptomonedas; se aplican el impuesto de sociedades y el IVA generales.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas0%Sin impuesto sobre la renta de las personas físicas; las ganancias individuales en criptoactivos quedan en la práctica libres de tributación.
Impuesto sobre las ganancias de capitalDentro del ISSin impuesto separado sobre plusvalías; las ganancias corporativas tributan dentro del 15% del CIT.
Impuesto complementario del Pilar Dos (IIR)15%Grupos multinacionales incluidos en el ámbito de aplicación ≥ 750 millones EUR, desde el 1 de enero de 2025 (Real Decreto 70/2024).[6]
Retención en la fuente10%Sobre determinados cánones y honorarios por servicios pagados a sociedades extranjeras.

Impuesto de sociedades e IVA

Con el 15%, el tipo general es la posición estándar del impuesto sobre sociedades, y un pequeño contribuyente que cumpla los requisitos puede acceder a un tipo del 3%. El IVA se introdujo el al 5%, y los servicios financieros suelen estar exentos o sujetos a tipo cero, por lo que el tratamiento a efectos del IVA de un servicio concreto de activos virtuales exige un análisis pormenorizado y no una presunción general.

No existe una norma tributaria específica para criptomonedas: un negocio de criptoactivos omaní tributa como cualquier otra sociedad, por sus beneficios en el impuesto sobre sociedades y por sus entregas sujetas en el IVA.[6] El tipo general del 15% es también el que la matriz de criptoactivos recoge para Omán, por lo que coincide con el registro de constitución de sociedades de la misma jurisdicción.

Sin impuesto sobre la renta de las personas físicas

Omán no aplica ningún impuesto sobre la renta de las personas físicas, por lo que las ganancias en criptoactivos de un particular quedan de hecho sin gravamen a nivel personal, y las plusvalías empresariales se gravan dentro del impuesto sobre sociedades del 15% y no mediante un régimen separado de plusvalías.[9] Puede aplicarse una retención del 10% a determinados cánones y honorarios por servicios pagados a sociedades extranjeras, lo que constituye un punto de planificación en los acuerdos transfronterizos de servicios y de licencias.

Pilar Dos y CARF

Omán introdujo un impuesto complementario del Pilar Dos de la OCDE, una regla de inclusión de rentas, mediante el Real Decreto 70/2024, en vigor desde el , aplicable únicamente a los grupos multinacionales incluidos en su ámbito con ingresos consolidados superiores a 750 millones EUR; los operadores de criptoactivos omaníes independientes por debajo de ese umbral no se ven afectados.[6] En cuanto al Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE, Omán no figura en la lista de jurisdicciones comprometidas con los primeros intercambios en 2027 o 2028, aunque ha firmado el Adenda CRS 2.0 al Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes, lo que indica su intención de implementar el estándar común de comunicación de información actualizado.[10]

El CARF es, por tanto, una obligación futura probable que conviene prever, no una obligación actual. La DAC8 es un instrumento exclusivo de la UE y no se aplica a Omán.

Compliance AML/CFT y obligaciones continuas

El registro provisional es, en esencia, un régimen AML/CFT. Las obligaciones continuas equivalen al propio programa AML: due diligence del cliente, monitorización de transacciones, comunicación de transacciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera, conservación de registros, gobernanza y reporte periódico a la FSA. Dado que aún no existe una licencia prudencial completa, no hay estados prudenciales ni una capa de supervisión de capital como la que impone un régimen maduro.

En resumen: el registro es el inicio de una obligación permanente en materia de AML/CFT, no una presentación de documentos puntual. El trabajo vinculante consiste en gestionar un programa real: monitorizar las transacciones, presentar STR al Centro Nacional de Información Financiera e informar periódicamente a la FSA. Las monedas de privacidad y los mezcladores están prohibidos.

Obligaciones continuas de AML/CFT

Un VASP registrado debe mantener un conjunto de políticas AML/CFT, una metodología de evaluación del riesgo de clientes, procedimientos de monitorización de transacciones, procesos de comunicación de transacciones sospechosas, una función de compliance o MLRO, y marcos de gobernanza y gestión de riesgos, con reportes periódicos a la FSA y una conservación de registros de seis años acorde con la normativa AML de base.[2] La norma de base es el Real Decreto n.º 30/2016 sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, cuya amplia definición de «fondos» alcanza las formas digitales y que prevé sanciones conforme al artículo 52.

Las transacciones sospechosas se comunican al National Centre for Financial Information, la unidad de inteligencia financiera de Omán. Se exigen estados financieros auditados conforme a las NIIF para la entidad corporativa.

Travel Rule y sanciones

La alineación con la Recomendación 15 del FATF sustenta la Decisión E/35/2023, por lo que en principio resulta aplicable una expectativa de Travel Rule, aunque a junio de 2026 no se publica por separado un umbral de minimis específico de Travel Rule para Omán. Un operador prudente debería incorporar desde el inicio en el programa AML la capacidad de Travel Rule y un proceso documentado de cribado de sanciones, en lugar de esperar a que se publique un umbral.

Consideramos las herramientas para la Travel Rule y un proveedor de análisis designado como parte de la configuración de base, porque los bancos y las contrapartes los exigen incluso cuando la norma local no dice nada sobre la cifra.

Publicidad y ejecución

Públicamente, la FSA ha advertido contra las plataformas no licenciadas de activos digitales, materias primas y crowdfunding y su comercialización, e insta al público a verificar las firmas en el registro de la FSA. Todavía no existe un reglamento específico de comercialización para VARF, a diferencia de la normativa detallada de comercialización que han emitido algunos homólogos del Golfo, por lo que el perímetro de comercialización de un VASP registrado se rige por las expectativas generales de conducta y por la prohibición de operar, o promocionar, un negocio de activos virtuales no registrado, más que por un código publicitario específico.

Resiliencia operativa y expectativas de seguridad

Omán no impone a los VASP ninguna norma de ICT y resiliencia operativa equivalente a DORA, y DORA de la UE no resulta aplicable porque Omán se encuentra fuera de la UE. Las expectativas que sí resultan aplicables derivan de los deberes generales de gobernanza y gestión de riesgos previstos en la Decisión E/35/2023 y de las normas de seguridad para pagos del Banco Central de Omán, y no de un cuerpo normativo específico de resiliencia digital.

En resumen: no existe un DORA omaní. Las expectativas en materia de resiliencia operativa son de carácter general y se derivan de los deberes de gobernanza de la decisión AML y de las normas de seguridad de pagos del CBO. Aun así, un operador serio debería implantar controles de seguridad de monederos, respuesta a incidentes y continuidad de negocio conforme a estándares internacionales, porque los bancos y el futuro VARF los exigirán.

En términos prácticos, un VASP registrado debe mantener un marco de gobernanza con responsabilidades nominadas en materia de ciberseguridad, gestión de claves y monederos, continuidad del negocio y riesgo tecnológico de terceros, aun cuando los detalles no estén prescritos por una norma omaní de resiliencia digital. El diseño de la seguridad de los monederos, la segregación entre hot y cold, la respuesta a incidentes y la recuperación ante desastres deben documentarse y someterse a pruebas conforme a estándares internacionales reconocidos, en parte porque se espera que el futuro VARF incorpore un módulo ICT y en parte porque las contrapartes bancarias y los proveedores de analítica evalúan estos controles durante el onboarding.

Alcanzar ese nivel ahora significa que la firma no tendrá que rediseñar su postura de seguridad cuando entre en vigor el marco completo. Cualquier módulo ICT en el marco del VARF queda pendiente de confirmación una vez que el marco sea promulgado.

Banca para empresas de criptoactivos en Omán

La banca suele ser la verdadera restricción determinante en un proyecto de criptoactivos en Omán, más incluso que el propio registro. El Banco Central de Omán no ha licenciado a ninguna entidad de criptoactivos y ha declarado que los criptoactivos no son moneda de curso legal ni están protegidos por la normativa bancaria, de modo que los bancos comerciales omaníes abordan con criterio conservador a cualquier solicitante del sector cripto. Un registro no garantiza, por sí mismo, la apertura de una cuenta bancaria.

En resumen: un registro FSA no es una cuenta bancaria. Prevea una due diligence exigente por parte de los bancos nacionales, cuente con un enfoque estructurado con varios proveedores y prepare el expediente de acceso bancario en paralelo al registro, y no después de él.

La realidad estructural es la misma que limita a las firmas de criptoactivos reguladas en todo el mundo: una firma a menudo se dirige a varias entidades antes de asegurar una relación de servicio integral, y la diligencia de onboarding puede desarrollarse como la due diligence de una operación a lo largo de varias semanas. En Omán en particular, un banco comercial nacional que presta servicio a un VASP constituido localmente y registrado ante la FSA aplica comprobaciones conservadoras de know-your-business, escrutinio del origen de los fondos y una revisión caso por caso del riesgo de banca corresponsal.

La banca corresponsal suele ser el problema más difícil: un banco regional del Golfo que accede a las redes de pago globales a través de un corresponsal de mayor tamaño puede rechazar la exposición a criptoactivos de forma estructural, para proteger esa relación de corresponsalía, y no por los méritos del solicitante.

Combinar la entidad operativa omaní con un acceso bancario gestionado a través de centros más maduros en criptoactivos es el enfoque viable. En la práctica, eso significa canalizar el dinero fiat mediante una entidad de dinero electrónico o de pago de origen cripto en un centro maduro en criptoactivos, segregar la salvaguarda de los fondos de clientes en una institución distinta, mantener un banco operativo de respaldo y, cuando la estructura lo permita, combinar la entidad omaní con una relación en una filial regulada en un centro del Golfo maduro en criptoactivos.

Lo que permite el onboarding de un solicitante es un expediente limpio: una autorización reconocida por el regulador (el registro ante la FSA), un programa AML documentado con un proveedor de analítica designado y capacidad de Travel Rule, personas clave residentes en el Golfo o en el EEE, y cadenas de titular real último limpias, ajenas a domicilios de la lista gris del FATF.

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En una jurisdicción de régimen emergente como Omán, la red se apoya en EMI e instituciones de pago crypto-native de centros con mercados de criptoactivos maduros, junto con una relación operativa local, configurada como la estructura multiproveedor que necesitan la mayoría de las firmas de criptoactivos del Golfo en fase inicial. La colocación se planifica en paralelo con el registro, de modo que el expediente bancario esté listo cuando lo esté la entidad.

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Un registro sin acceso bancario es un certificado en la pared: consulte el servicio de banca para conocer la metodología de colocación y la vía para comerciantes de alto riesgo en cuentas operativas adyacentes.

Situación ante el FATF y posición internacional

MENAFATF, el organismo regional de tipo FATF para Oriente Medio y el Norte de África, cuenta a Omán entre sus miembros, y Omán no figura ni en la lista gris ni en la lista negra del FATF. Su Informe de Evaluación Mutua conjunto del FATF y MENAFATF se publicó el , tras lo cual Omán quedó sometido a seguimiento intensificado, una vía de supervisión estándar que con frecuencia, y erróneamente, se confunde con la inclusión en la lista gris.

Situación a junio de 2026: Omán es miembro del MENAFATF, no figura en la lista gris ni en la lista negra. Tras su Informe de Evaluación Mutua de diciembre de 2024, fue incluido en seguimiento intensificado e informa al MENAFATF, un procedimiento rutinario posterior a la evaluación. En cuanto al compliance técnico, obtuvo la calificación de Conforme en 23 y de Mayormente Conforme en 16 de las 40 Recomendaciones del FATF.[3]

Según el FATF, Omán había mejorado significativamente su marco legal, operativo y de supervisión en materia de AML/CFT en los últimos años, con un sólido compliance técnico, y sobre esa base el país fue incluido en seguimiento reforzado y no bajo mayor vigilancia.[3] El seguimiento reforzado significa que Omán informa al MENAFATF sobre las mejoras continuas; no es la lista gris de «Jurisdicciones sujetas a mayor vigilancia» y no conlleva las consecuencias de due diligence reforzada propias de la inclusión en la lista gris.

Para un operador de criptoactivos, la lectura práctica es positiva: una autorización de Omán no arrastra un descuento reputacional por lista gris, lo que resulta relevante para la banca corresponsal y el onboarding de contrapartes. La alineación con la Recomendación 15 del FATF sustenta el registro VASP omaní, motivo por el cual se aplica una expectativa de Travel Rule aunque no se publique por separado un umbral específico.

Acceso al mercado: sin pasaporte de la UE ni del CCG

Una autorización de Omán es un permiso nacional. Omán está fuera de la UE, por lo que no existe pasaporte MiCA, y tampoco existe un pasaporte cripto para todo el CCG, de modo que cada Estado del Golfo otorga licencias por separado. Prestar servicios a clientes en los EAU, Baréin o la UE exige una autorización local independiente en esos mercados, que un registro en Omán no confiere.

En resumen: Omán está fuera de la UE, por lo que no existe pasaporte MiCA, ni tampoco un pasaporte cripto para todo el CCG. Una autorización de Omán no permite la prestación transfronteriza de servicios en los Emiratos Árabes Unidos, Baréin o la UE sin un licenciamiento local independiente en esos territorios.

Para un operador con una base de clientes relevante en la UE, la vía es una autorización CASP MiCA independiente en un Estado miembro de la UE; Chipre es una opción habitual para ello. MiCA no contiene ningún régimen de equivalencia para terceros países, por lo que un registro en Omán no puede acogerse al pasaporte europeo en la UE, y el único canal estrecho sin licencia es la exención de reverse solicitation prevista en MiCA, artículo 61, que ESMA limita a contactos aislados y genuinamente no solicitados; véase Reverse solicitation conforme a MiCA para saber qué se considera solicitud.

La Decisión E/35/2023 alcanza a las personas que ofrecen o prestan un servicio de activos virtuales en Omán, de modo que prestar servicios hacia Omán activa la obligación de registro con independencia de dónde se origine la demanda. Un operador que se dirija al mercado de los EAU debería examinar directamente los regímenes de los EAU, incluidos ADGM, VARA en Dubái y el marco federal, tratados en las guías Abu Dabi (ADGM) y Dubái y EAU.

Minería vs. licenciamiento VASP: una distinción crítica

Omán acoge activamente la minería de criptoactivos, y resulta fácil confundir una aprobación de minería con una autorización de servicios de activos virtuales. Son cuestiones completamente distintas. Una autorización de minería, o la participación en el pool nacional de minería, no autoriza el exchange, la custodia, la transferencia ni ninguna otra actividad de VASP, y un registro como VASP no autoriza la minería.

En resumen: la minería y el licenciamiento de VASP son cosas distintas. Omán ha desarrollado capacidad de minería con licencia en la Zona Franca de Salalah y ha lanzado un pool nacional de minería, pero explotar un negocio de exchange, custodia o transferencias sigue requiriendo el registro ante la FSA conforme a la Decisión E/35/2023 y, en última instancia, una licencia VARF una vez que esta se promulgue.

Omán ha invertido de forma considerable en infraestructura de minería y centros de datos en la Zona Franca de Salalah, con una inversión declarada en las principales instalaciones que supera los 700 millones USD, y una designada «primera licencia para la minería sostenible de criptoactivos en Omán» a la que se asignó una capacidad eléctrica sustancial.[11] El , el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Tecnologías de la Información lanzó Omanhash.om como el pool de minería oficial y único legalmente admitido para los mineros con licencia que operan en Omán, y se informa de que Omán concentra aproximadamente el 3% del hashrate mundial.[12]

Este desarrollo de minería se rige por la política nacional de minería y por los regímenes de zonas francas, no por el registro de activos virtuales de la FSA. Los mineros que además quieran operar un negocio de exchange, custodia o transferencia deben registrarse por separado ante la FSA para la actividad VASP. Tratar una aprobación de minería como una autorización VASP es uno de los errores más frecuentes y costosos en este mercado, y figura en el apartado Errores frecuentes más abajo.

Ventajas y limitaciones

Omán es una decisión de entrada por fases más que una decisión convencional de búsqueda de licencia. Su argumento se basa en el posicionamiento temprano, una reputación internacional impecable, la infraestructura de minería y una base fiscal reducida. Sus limitaciones son igualmente concretas: el marco operativo completo aún no está en vigor, las escalas de capital y comisiones siguen sin publicarse y un registro en Omán no genera ningún pasaporte transfronterizo.

  • Posición temprana onshore en el Golfo. El registro provisional AML/CFT ofrece una vía para los operadores dispuestos a entrar en un régimen emergente antes de que se implante el marco completo.
  • Situación limpia ante el FATF. Omán se encuentra en seguimiento reforzado del MENAFATF, no en la lista gris del FATF.
  • Minería y despliegue de centros de datos. La jurisdicción está asumiendo compromisos de infraestructura a escala soberana que pueden resultar adecuados para operadores del ámbito de la minería.
  • Base fiscal personal ligera. La estructura combina un tipo nominal del impuesto de sociedades del 15% con la ausencia de impuesto sobre la renta de las personas físicas.
  • × Hoy no existe una licencia operativa completa. Los regímenes vigentes de los Emiratos Árabes Unidos a través de ADGM y VARA llevan varios años de ventaja. Mitigación: recurra a Omán solo cuando la entrada escalonada y el registro provisional encajen en el plan operativo a corto plazo.
  • × Sin acceso al mercado de la UE. Un registro en Omán no otorga pasaporte europeo hacia la UE. Mitigación: los operadores que necesiten acceso a la UE requieren una autorización CASP MiCA independiente, por ejemplo a través de Chipre.
  • × Las condiciones económicas publicadas siguen incompletas. Aún no están disponibles los cuadros de capital y comisiones del marco completo. Mitigación: mantenga un presupuesto de contingencia y no considere el coste del registro provisional como el coste final de la licencia.
  • × Mayor incertidumbre que un régimen offshore ya operativo. Los operadores que priorizan coste y rapidez pueden encontrar más previsible un registro offshore de bajas tasas vigente, como el de las BVI. Mitigación: compare el modelo operativo, el mercado objetivo y la vía de acceso bancario antes de decidir únicamente por el coste nominal.

Comparativa de Omán

Planteada honestamente, la comparación sitúa a Omán frente a los Emiratos Árabes Unidos, que llevan varios años de ventaja con múltiples reguladores ya operativos; frente a Chipre, como vía MiCA de la UE para operadores que necesitan un pasaporte; y frente a las Islas Vírgenes Británicas, como régimen de registro offshore de bajo coste. El rasgo distintivo de Omán en este conjunto es que su régimen completo de licenciamiento aún no está en vigor, lo que constituye hoy una desventaja real y, al mismo tiempo, el origen de su oportunidad como pionero.

FactorOmán (FSA)EAU (VARA / ADGM)Chipre (CySEC)BVI (FSC)
Tipo de licenciaRegistro VASP provisional; licencia VASP completa bajo VARF (borrador)Licencia VASP de VARA / FSP de ADGMCASP bajo MiCARegistro VASP (VASP Act 2022)
ReguladorFSA (+ CBO para pagos)VARA, ADGM FSRA, SCACySECBVI FSC
EstadoEmergente (marco normativo pendiente)En directo, multirreguladorEn vigor (MiCA)En vigor
Cap. mín.No establecido / no publicadoCapital regulatorio de VARA ~27.000 USD–408.000 USD según la actividad50k / 125k / 150k EUR según la claseSin mínimo fijo (opex de 6–12 meses)
Solicitud / Tasa administrativaNo publicadoVARA 40k–100k AED~11K–27K USDTasa de solicitud de 5.000–30.000 EUR por servicio (acumulativa)12,5k–35k USD por categoría
Plazos~1 mes (decisión de registro)~4–18 meses~8–14 meses~4–6 meses
Impuesto de sociedades15% (3% pymes)9% (0% para actividades cualificadas en zona franca)15% (desde el 1 de enero de 2026)0%
Acceso al mercadoNinguno (sin pasaporte UE ni GCC)Ninguno (el GCC concede licencias por separado)Pasaporte UE (MiCA)Ninguno
Situación FATFLimpio (supervisado)Limpia (fuera de la lista gris en 2024)Limpia (MONEYVAL)Incluido en la lista gris
Ideal paraEntrada anticipada y escalonada en el GolfoHub MENA a escala, ya operativoAcceso al mercado de la UE mediante pasaporteRegistro offshore fiscalmente neutro

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Las cifras de los EAU cubren los regímenes de VARA y ADGM; véanse las guías Abu Dabi (ADGM) y Dubái y los EAU para el panorama completo. Las Islas Vírgenes Británicas figuran en la lista gris del FATF a principios de 2026, lo que se refleja en la celda de advertencia anterior; las demás están limpias, con Omán en seguimiento reforzado de MENAFATF, una vía de monitorización que no equivale a la inclusión en la lista gris.

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Errores comunes en la planificación cripto en Omán

Dado que Omán es un régimen emergente que atraviesa una transición de regulador, los errores recurrentes aquí son distintos de los de un mercado maduro. Se concentran en confundir lo que está en vigor con lo que solo ha sido anunciado, y en confundir las distintas autoridades y autorizaciones implicadas.

  • Dar por hecho que ya existe una licencia VASP completa. Solo está operativo el registro provisional AML/CFT; el VARF completo aún no se ha promulgado, por lo que no hay ninguna licencia VASP completa que solicitar; la planificación debe orientarse al registro, con el VARF como mejora futura.
  • Confundir la CMA con la FSA. La CMA fue suprimida y sustituida por la FSA en virtud del Real Decreto 20/2024, de 25 de marzo de 2024, y la FSA es ahora el regulador de criptoactivos.
  • Tratar una aprobación de minería de criptoactivos como una autorización de VASP. Las aprobaciones de minería en la Zona Franca de Salalah, y la participación en el pool nacional Omanhash.om, son independientes del licenciamiento de VASP; operar un negocio de exchange, custodia o transferencia sigue requiriendo el registro ante la FSA.
  • Suponer que el CBO concede licencias de cripto. No lo hace. El Banco Central de Omán advierte de que las criptomonedas no son moneda de curso legal y regula únicamente los pagos, el dinero electrónico y el valor almacenado; la FSA es el regulador de los activos virtuales.
  • Planea emitir o dar servicio a monedas de privacidad. Las monedas de privacidad y las herramientas de anonimato (mezcladores, tumblers, monederos de privacidad) están prohibidas conforme al enfoque omaní, por lo que desarrollar un producto en torno a ellas es un camino sin salida.
  • Esperar que una autorización de Omán permita el pasaporte europeo hacia los EAU o el resto del CCG. No existe un pasaporte de criptoactivos en el CCG; cada Estado concede licencias por separado, por lo que la prestación transfronteriza de servicios en el CCG o en la UE requiere una autorización local independiente.
  • Subestimar la fricción bancaria. Un registro no garantiza una cuenta bancaria omaní; el expediente bancario es la restricción que con más frecuencia determina si el proyecto es viable, y debe prepararse en paralelo, no después.

Preguntas frecuentes

Estado y regulador

Todavía no del todo. A fecha de junio de 2026, la Financial Services Authority (FSA) mantiene un registro provisional de VASP en materia de prevención del blanqueo de capitales conforme a la Decisión n.º E/35/2023, que está en vigor y es obligatorio antes de cualquier actividad con activos virtuales. El marco completo, el Virtual Assets Regulatory Framework (VARF), destinado a licenciar todas las categorías de VASP, se anunció en 2023 y se sometió a consulta pública a mediados de 2023, pero no ha sido promulgado.

Así, una empresa puede registrarse hoy ante la FSA con arreglo al régimen AML/CFT, pero aún no puede ostentar una licencia VASP completa, porque esa licencia todavía no existe.

La Autoridad de Servicios Financieros (FSA), que sustituyó a la Autoridad del Mercado de Capitales (CMA) en virtud del Real Decreto 20/2024, de 25 de marzo de 2024. Toda referencia que las fuentes más antiguas hagan a la CMA se entiende ahora hecha a la FSA, y la FSA es el regulador principal en materia de activos virtuales. Junto a ella se sitúa el Banco Central de Omán (CBO), con jurisdicción sobre pagos, dinero electrónico y facilidades de valor almacenado; el CBO ha declarado que los criptoactivos no son moneda de curso legal ni están protegidos por la normativa bancaria. El Centro Nacional de Información Financiera es la Unidad de Inteligencia Financiera que recibe los informes de operaciones sospechosas.

Se sitúa en una zona gris regulada, en lugar de estar prohibido o plenamente aceptado. Los criptoactivos no son moneda de curso legal ni están protegidos por la normativa bancaria omaní, y el CBO ha advertido al público de que quienes los poseen actúan por su cuenta y riesgo. La prestación de servicios de activos virtuales está permitida siempre que la entidad se registre ante la FSA conforme a la Decisión E/35/2023 y cumpla las obligaciones AML/CFT. Las monedas de privacidad y las herramientas de anonimización, como los mixers y tumblers, están prohibidas. El juego está prohibido de forma separada y absoluta por la legislación omaní.

Registro, proceso y coste

Una entidad constituida en Omán con un lugar de trabajo físico en Omán, además de un programa AML/CFT operativo: una metodología de evaluación del riesgo de clientes, monitorización de transacciones, comunicación de transacciones sospechosas al Centro Nacional de Información Financiera, políticas y procedimientos internos, conservación de registros, una función de compliance y de gestión de riesgos, y presentación de informes periódicos a la FSA.

El registro es obligatorio antes de iniciar cualquier actividad de activos virtuales, y a los operadores existentes se les concedieron tres meses desde la entrada en vigor de la decisión para adecuarse. El registro es un filtro AML/CFT, no una licencia prudencial completa.

La FSA debe resolver sobre una solicitud completa en el plazo de un mes. En la práctica, la restricción determinante es reunir una solicitud completa: la entidad omaní, la oficina física, el conjunto de políticas AML/CFT y la función de compliance designada deben estar establecidos previamente, lo que suele requerir varios meses de preparación. El calendario de la licencia VARF completa no está fijado, porque el marco no ha sido promulgado.

Las firmas que deseen probar un producto en vivo también pueden recurrir al sandbox fintech de la FSA y el CBO, que notifica a los solicitantes en un plazo de 30 días hábiles desde la presentación de una solicitud completa.

La respuesta honesta es que las cifras regulatorias principales no están publicadas. La FSA no ha publicado una tasa de registro para VASP, y el VARF completo, que fijaría las tasas de licencia, las tasas anuales y cualquier capital mínimo, sigue en fase de borrador, por lo que no existe ninguna tabla de tasas ni tramo de capital que citar a fecha de junio de 2026.

No inventamos estas cifras. Lo que una firma puede presupuestar con confianza es la constitución de la entidad omaní, el desarrollo jurídico y AML (conjunto de políticas, función MLRO, KYC y herramientas de monitorización de transacciones) y la preparación para auditoría, todo ello sustancial para un régimen emergente del Golfo.

Fiscalidad, banca y prohibiciones

Omán aplica un impuesto de sociedades con un tipo general del 15%, con un tipo reducido del 3% para los pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos, y un IVA del 5%, en el que los servicios financieros suelen estar exentos o sujetos a tipo cero. No existe impuesto sobre la renta de las personas físicas, por lo que las ganancias individuales en criptoactivos quedan efectivamente sin tributar, y no hay legislación fiscal específica sobre criptoactivos: las empresas de criptoactivos tributan conforme a las normas generales del impuesto de sociedades y del IVA.

Omán introdujo un impuesto complementario del Pilar Dos de la OCDE (una regla de inclusión de rentas) mediante el Real Decreto 70/2024, con efecto desde el 1 de enero de 2025, pero esto se aplica únicamente a los grupos multinacionales incluidos en su ámbito con ingresos consolidados superiores a 750 millones EUR.

Con dificultad, y suele ser esta la verdadera restricción determinante. El CBO no ha autorizado a ninguna entidad de criptoactivos y ha declarado que las criptomonedas no son moneda de curso legal, por lo que los bancos comerciales omaníes aplican a un solicitante del sector cripto una diligencia conservadora de conocimiento del negocio (know-your-business), un escrutinio del origen de los fondos y una revisión caso por caso del riesgo de banca corresponsal, y un registro no garantiza por sí mismo la apertura de una cuenta.

Un enfoque viable combina la entidad operativa omaní con acceso bancario a través de entidades de pago o entidades de dinero electrónico especializadas en criptoactivos ubicadas en centros con mayor madurez cripto, segrega la salvaguarda de los fondos de clientes y mantiene una relación operativa de respaldo. Definimos el enfoque bancario como parte del encargo en lugar de dejarlo a la suerte.

Las monedas de privacidad y la tecnología de mejora del anonimato, incluidos mezcladores, tumblers y monederos de privacidad, están prohibidas bajo el enfoque omaní, que sigue la posición de la consulta sobre herramientas de anonimato. Las representaciones digitales de moneda fiduciaria, valores y otros activos financieros ya cubiertos por otros marcos quedan fuera del perímetro de los activos virtuales: un token de pago o de dinero electrónico puede activar el régimen del CBO, y un token de valores puede activar la Ley de Valores y las normas de mercado de capitales de la FSA. El juego está prohibida de forma separada y absoluta por la legislación omaní, con independencia del marco de activos virtuales.

Minería y transfronterizo

La minería está permitida y se aloja activamente, pero es una cuestión distinta del licenciamiento de VASP. Omán ha desarrollado capacidad autorizada de minería de criptoactivos y de centros de datos en la Zona Franca de Salalah, y el 17 de junio de 2026 el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Tecnología de la Información lanzó Omanhash.om como pool de minería oficial y único legalmente admitido para los mineros autorizados.

Una autorización de minería, o la participación en el pool nacional, no autoriza el exchange, la custodia, la transferencia u otra actividad de VASP. Las empresas que deseen operar un negocio de exchange o de custodia siguen necesitando registrarse ante la FSA conforme a la Decisión E/35/2023 y, en última instancia, obtener licencia bajo el VARF una vez que se promulgue.

No. Omán está fuera de la UE, por lo que no existe pasaporte MiCA, y tampoco existe un pasaporte de criptoactivos válido para todo el CCG, de modo que cada Estado del Golfo licencia por separado. Una autorización de Omán no permite la prestación transfronteriza de servicios en los Emiratos Árabes Unidos, Baréin o la UE sin un licenciamiento local independiente en esos territorios. Los operadores con una base de clientes relevante en la UE deberían obtener una autorización CASP separada en un Estado miembro de la UE, y los operadores que se dirijan al mercado minorista o institucional de los Emiratos Árabes Unidos deberían examinar directamente los regímenes de dicho país. Determinamos qué autorizaciones requiere realmente una base de clientes objetivo antes de constituir cualquier entidad.

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Referencias

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  1. Financial Services Authority (Omán), Virtual Assets Regulatory Framework announcement (perímetro propuesto del VARF; asesores XReg Consulting y SASLO), fsa.gov.om, 2023, consultado en .
  2. Financial Services Authority (Omán), Instructions for Registration of VASPs and Implementation of AML/CFT Requirements (Decision No. E/35/2023), fsa.gov.om, junio de 2023 (panorama: Addleshaw Goddard, Overview of Crypto in Oman, 16 de enero de 2025), consultado en .
  3. FATF / MENAFATF, Medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo: Omán, Informe de Evaluación Mutua (Omán sometido a seguimiento intensificado; Conforme en 23 y Mayoritariamente conforme en 16 de las 40 Recomendaciones), fatf-gafi.org, 19 de diciembre de 2024, consultado en .
  4. Financial Services Authority (Omán), Fintech Co-Regulatory Sandbox (conjunto con el Banco Central de Omán): solicitud y notificación en un plazo de 30 días hábiles, e.fsa.gov.om, 2025, consultado en .
  5. Financial Services Authority (Omán), Fintech Co-Regulatory Sandbox: terms and conditions of application, fsa.gov.om, 2025, consultado en .
  6. PwC, Worldwide Tax Summaries: Oman, Taxes on corporate income (tipo general del impuesto de sociedades del 15%; IVA del 5%; impuesto complementario del Pilar Dos mediante el Real Decreto 70/2024, en vigor desde el 1 de enero de 2025), taxsummaries.pwc.com, 2024–2025, consultado en .
  7. Banco Central de Omán, Aviso de advertencia sobre criptomonedas (las criptomonedas no son moneda de curso legal; no están protegidas por la Ley Bancaria, Decreto Real 114/2000; los usuarios actúan por su cuenta y riesgo), cbo.gov.om, 2020, consultado en .
  8. Central Bank of Oman, Fintech Regulatory Sandbox Framework (pruebas en vivo en un plazo de 15 días desde la aprobación final), cbo.gov.om, consultado en .
  9. Moore Global, Oman Tax Guide (tipo reducido del 3% para pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos; sin impuesto sobre la renta de las personas físicas; las ganancias societarias dentro del CIT), moore-global.com, 2025, consultado en .
  10. OCDE, Crypto-Asset Reporting Framework: jurisdicciones comprometidas con los primeros intercambios en 2027 y 2028 (Omán no figura en la lista de primeros intercambios de 2027/2028; firmado el Addendum CRS 2.0 al MCAA), oecd.org, 2025, consultado en .
  11. Times of Oman / Oman News Agency, Desarrollo de minería de criptoactivos y centros de datos en la Zona Franca de Salalah (Exahertz Blockchain Data Centre; licencia de minería sostenible de Green Data City; inversión conjunta en las instalaciones superior a 700 millones USD), timesofoman.com, 2023–2024, consultado en .
  12. Bitcoin.com / Enegix Global, Omán lanza Omanhash.om como pool de minería oficial y único legal para mineros con licencia (Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Tecnología de la Información; ~3% del hashrate mundial), news.bitcoin.com, 17 de junio de 2026, consultado en .
  13. Trowers & Hamlins, Establishment of the Financial Services Authority of Oman (Royal Decree 20/2024) (la FSA sustituye a la Capital Market Authority, en vigor el 25 de marzo de 2024; todas las referencias a la CMA se sustituyen por la FSA), trowers.com, marzo de 2024, consultado en .
  14. PwC, Doing Business in Oman 2025 (hasta el 100% de propiedad extranjera conforme a la Foreign Capital Investment Law, Royal Decree 50/2019; requisitos de las LLC en el territorio continental), pwc.com, 2025, consultado en .
  15. Addleshaw Goddard, Overview of Crypto in Oman (reparto regulatorio FSA / CBO; National Payment Systems Law, Real Decreto 8/2018; Securities Law, Real Decreto 46/2022; doble clasificación), addleshawgoddard.com, 16 de enero de 2025, consultado en .
  16. Library of Congress, Falqs: Cryptocurrency Regulation in GCC Countries (VARF anunciado en 2023, consulta pública del 27 de julio al 17 de agosto de 2023, el marco sigue en revisión y no se ha finalizado formalmente), blogs.loc.gov, enero de 2025, consultado en .