Qué es la reverse solicitation en virtud de MiCA, artículo 61
La reverse solicitation prevista en el MiCA, artículo 61, es la única excepción de alcance restringido para una empresa de un tercer país al requisito del artículo 59 según el cual los servicios de criptoactivos prestados a clientes en la Unión deben ser prestados por un CASP autorizado por una autoridad nacional competente de la UE o del EEE, o por una entidad financiera admisible que notifique conforme al artículo 60.[3][4] Una empresa de un tercer país sin autorización como CASP solo puede atender a un cliente de la UE cuando dicho cliente haya iniciado la prestación del servicio o la actividad de criptoactivos por su propia iniciativa exclusiva.
El artículo 61(2) prohíbe además que la empresa de un tercer país utilice esa iniciativa exclusiva inicial para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios de criptoactivos al mismo cliente. Las Directrices sobre la reverse solicitation en el marco de MiCA de ESMA (ESMA35-1872330276-2030), publicadas el y aplicables desde el , endurecieron aún más esa excepción.[1]
Relación con el artículo 59 (requisito de autorización)
El artículo 59 de MiCA establece la posición por defecto: toda persona que preste servicios de criptoactivos en la Unión debe estar autorizada como CASP por una autoridad nacional competente de la UE o del EEE (NCA) conforme al artículo 63 de MiCA o ser una entidad financiera admisible que notifique conforme al artículo 60, y la autorización resultante se beneficia del pasaporte europeo en el EEE (los 27 Estados de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega) conforme al artículo 65.[3][18]
El artículo 61 recoge después una única permisión, de redacción restrictiva: cuando un cliente establecido o situado en la Unión inicia el contacto por su propia iniciativa exclusiva, una empresa de un tercer país puede prestar el servicio de criptoactivos que el cliente haya solicitado, incluida una relación específicamente vinculada a dicho servicio. La excepción no modifica el artículo 59; se sitúa dentro del perímetro de autorización del artículo 59 como una tolerancia limitada para contactos genuinamente no solicitados.
Definición: reverse solicitation
Definición
La reverse solicitation, en el sentido del artículo 61 de MiCA, es la prestación de un servicio o actividad de criptoactivos a un cliente establecido o situado en la Unión por parte de una empresa de un tercer país no autorizada como CASP, cuando el servicio se ha iniciado por iniciativa exclusiva del propio cliente. La prestación está permitida para el tipo concreto de servicio de criptoactivos solicitado por el cliente y para la relación que de ello se derive. El artículo 61(2) prohíbe que la empresa del tercer país utilice la iniciativa exclusiva inicial del cliente para comercializar a dicho cliente nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos.
Las Directrices de ESMA establecen además que la comercialización del mismo tipo de criptoactivo o servicio solo se permite en el contexto de la operación original; una vez transcurrido un tiempo material, el contacto ya no puede caracterizarse de forma plausible como realizado a iniciativa exclusiva del cliente (ESMA35-1872330276-2030, Directriz 3, apartados 25–28; Informe final ESMA35-1872330276-1899, apartados 46–51).
Ámbito: UE y EEE
El ámbito geográfico del artículo 61 abarca la totalidad del régimen de pasaporte europeo de MiCA: los 27 Estados miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega en virtud de la Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 41/2025 de , con normas técnicas de regulación complementarias mediante la JCD 138/2025 de .[5][6]
Fuera del pasaporte MiCA quedan las jurisdicciones no pertenecientes a la UE ni al EEE situadas en la Europa geográfica (el Reino Unido, Suiza, Gibraltar), cuyas propias normas determinan si atender a clientes locales exige una licencia o un registro locales; el análisis del artículo 61 rige únicamente los tramos de la UE y del EEE de la actividad de una empresa de un tercer país.
Por qué la exención es limitada (y no una excepción general)
La reverse solicitation prevista en MiCA, artículo 61, fue endurecida por las Directrices de ESMA publicadas el y constituye la excepción, no la regla. El párrafo 23 de las Directrices de ESMA señala que la iniciativa exclusiva propia del cliente debe interpretarse de forma restrictiva
; el párrafo 11 del Informe Final describe la excepción como muy limitada y definida de forma muy estricta
. Dos rasgos estructurales hacen que la excepción sea, en la práctica, muy estrecha.
En primer lugar, ESMA ofrece una lista ilustrativa y no exhaustiva de conductas que probablemente se considerarán captación de clientes de la UE, valoradas a la luz de todos los hechos del caso, y una empresa que capta clientes de la UE no puede acogerse a la exención:
- Publicidad dirigida a la UE.
- Sitios web en una lengua de la UE no habitual en las finanzas internacionales.
- Dominios de primer nivel de código de país de los Estados miembros de la UE.
- Subdirectorios por país en el sitio web de la firma.
- Segmentación SEO del tráfico de la UE.
- Patrocinio de eventos centrados en la UE o en un Estado miembro.
- Influencers radicados en la UE.
- Programas de afiliación o de referidos que dirigen tráfico de la UE.
- Aplicaciones móviles ofrecidas a usuarios de la UE.
- Notificaciones push que promocionan nuevos productos mediante venta cruzada.
- Agrupación de servicios.
- Intermediarios regulados en la UE que derivan clientes a una entidad vinculada del grupo en un tercer país.
En segundo lugar, el artículo 61(2) prohíbe que la empresa de un tercer país utilice la iniciativa exclusiva inicial del cliente para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios de criptoactivos a ese cliente; incluso la comercialización del mismo tipo solo se permite en el contexto de la operación original. Una entidad offshore no puede basarse en el artículo 61 como estrategia de entrada en el mercado: la empresa no puede captar clientes de la UE mediante ninguno de los indicadores de captación, y tampoco puede utilizar a un cliente obtenido por reverse solicitation como cabeza de puente para expandirse a nuevos servicios o exposiciones a activos.[1][2]
Indicadores de solicitación (ilustrativos, no exhaustivos)
Las Directrices de ESMA establecen una lista ilustrativa y no exhaustiva de conductas que pueden indicar captación a efectos del artículo 61. Solo el apartado 12 de las Directrices enumera al menos quince ejemplos; el Anexo añade otros.[1] Cada uno debe evaluarse junto con las circunstancias; un indicador constituye evidencia en el análisis de iniciativa exclusiva, no un resultado automático por sí solo. A continuación se agrupan los indicadores más importantes para empresas de criptoactivos de terceros países.
- Publicidad dirigida a la UE. Inserciones de pago en buscadores y plataformas sociales, impresiones con segmentación geográfica, retargeting y cualquier creatividad publicitaria que haga referencia a productos de la UE, jurisdicciones de la UE, reguladores de la UE o protecciones al consumidor de la UE. El criterio no es si la publicidad menciona expresamente un Estado miembro; la segmentación geográfica por sí sola es suficiente.
- Sitios y contenido en idiomas de la UE. Traducciones al francés, alemán, italiano, español, neerlandés, polaco, portugués, griego, checo y otros idiomas de la Unión. Una página de destino, proceso de alta, T&Cs, interfaz KYC o texto comercial traducidos a un idioma de la UE son un indicador de captación cuyo peso depende de las circunstancias. El apartado 31 del Informe Final de ESMA considera el inglés habitual en las finanzas internacionales, lo que lo convierte en un indicador más débil por sí solo; no es un puerto seguro, y un sitio solo en inglés combinado con otros indicios (SEO dirigido a la UE, subdirectorios por país, precios en EUR, testimonios de clientes de la UE) puede acreditar captación.[2]
- Dominios de primer nivel de código de país de los Estados miembros de la UE. Un sitio en .fr, .de, .es, .it, .nl, .pl, .pt, .ie, .lt, .lv, .ee, .cy, .mt o cualquier otro ccTLD de la UE se considera dirigido al Estado miembro correspondiente. El mismo análisis se aplica a los subdirectorios de país que presentan contenido específico de un Estado miembro bajo un dominio genérico (por ejemplo, las rutas /fr/ o /de/ en un .com).
- Optimización para motores de búsqueda con segmentación. SEO regional o específico por país, construcción de enlaces con segmentación geográfica, segmentación geográfica en herramientas de SEO y cualquier señal diseñada para mostrar el sitio de la firma a usuarios de la UE en búsquedas específicas de la UE. El SEO es un ejemplo expreso del anexo de las Directrices de ESMA.
- Patrocinio de eventos centrados en la UE o en un Estado miembro. El patrocinio de conferencias, los estands en ferias y los patrocinios deportivos en Estados miembros de la UE cuentan como presencia comercial aunque la propia actividad no incluya un enlace de registro. Los eventos, formaciones y materiales puramente educativos no constituyen solicitación, salvo que promocionen a la empresa, por ejemplo dirigiendo al público a su sitio web o repartiendo folletos de servicios (apartado 17 de las Directrices). La nota al pie 3 de las Directrices aclara que patrocinar una competición internacional en la que participen equipos o deportistas de Estados miembros también se considera solicitación.
- Influencers radicados en la UE. Relaciones remuneradas o de afiliación con influencers domiciliados o que operan en Estados miembros de la UE. La remuneración es un indicio sólido, pero no necesario; el criterio se aplica a la audiencia y el contenido del influencer, no a la contraparte contractual de la empresa de un tercer país (Directrices, apartado 20).
- Programas de afiliación o de referidos que dirigen tráfico de la UE. Acuerdos de reparto de ingresos, píxeles de seguimiento de clics, páginas de destino con enlaces profundos y cualquier infraestructura que canalice a usuarios de la UE hacia el flujo de onboarding de la firma de un tercer país. El escrutinio recae sobre la arquitectura, no sobre la redacción del contrato de afiliación.
- Disponibilidad en tiendas de aplicaciones en los Estados miembros de la UE. El apartado 12 de las Directrices incluye las aplicaciones móviles entre los medios de solicitación, y la nota al pie 4 considera que mantener la aplicación fuera de las tiendas de aplicaciones de la UE forma parte del geobloqueo preventivo descrito en el apartado 16, por lo que una aplicación disponible para usuarios de la UE inclina la valoración hacia la solicitación.
- Notificaciones push y venta cruzada. Las notificaciones a clientes existentes captados por reverse solicitation que dirigen la atención hacia criptoactivos en tendencia, nuevos productos o promociones temporales son ejemplos explícitos del anexo de conductas que anulan la exención, incluso cuando el nuevo producto sea del mismo tipo.
- Empaquetado. Ofrecer un paquete de servicios de criptoactivos agrupados en respuesta a la solicitud de un cliente de un único servicio específico invalida el análisis del «mismo tipo» conforme a la Directriz 4.
- Redirección a través de intermediarios regulados en la UE. Una entidad de crédito, empresa de servicios de inversión o proveedor de servicios de pago de la UE no puede redirigir a clientes hacia los servicios de criptoactivos de una empresa de un tercer país, con independencia de que dicha empresa forme parte del mismo grupo (Directrices, apartado 22).
Por qué «carve-out» es la palabra equivocada
Una exclusión del ámbito de aplicación implica una clase de actividad que queda por completo fuera del reglamento: libre para escalarse, libre para comercializarse, libre para operarse como línea de negocio permanente. El artículo 61 está diseñado para no ser nada de eso.
La redacción vincula la excepción a la iniciativa exclusiva de un único cliente; el artículo 61(2) prohíbe a la empresa utilizar esa iniciativa para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios al mismo cliente; las Directrices de ESMA refuerzan la excepción con una lista no exhaustiva de indicadores de captación y un elemento temporal sobre la comercialización del mismo tipo; y el requisito general de autorización del artículo 59 se aplica a todo lo que no encaje dentro de esa excepción estricta.
A diferencia de una exención fiscal, que es estructural y explotable como tal, el artículo 61 es una autorización de último recurso para contactos genuinamente no solicitados. El Informe Final de ESMA afirma que la exención no puede presumirse ni explotarse para eludir MiCA
.[2]
El plazo y la regla del mismo tipo
La llamada «regla de un mes» se malinterpreta con frecuencia. El plazo de un mes al que se refiere el apartado 27 de la Directriz 3 de ESMA no es un límite máximo de la relación de servicio en sí. Es un elemento temporal ilustrativo relativo a la comercialización de nuevas operaciones o de nuevos criptoactivos a un cliente que ya ha sido objeto de reverse solicitation.[1][2] La relación de servicio original que deriva de la iniciativa exclusiva del cliente puede continuar sin una autorización de CASP.
Lo que cambia una vez transcurrido el período pertinente es que la empresa ya no puede considerar que la comercialización adicional al mismo cliente se realiza por iniciativa exclusiva de este.
Lo que dice realmente ESMA
La directriz 3, apartado 27 es el origen del planteamiento del “mes”. El texto dice: Por ejemplo, si el cliente se pone en contacto con la empresa de un tercer país para comprar el criptoactivo X, la empresa puede, en ese momento, comercializar al cliente criptoactivos del mismo tipo. Sin embargo, la empresa de un tercer país no estaría facultada para comercializar al cliente nuevas operaciones con el criptoactivo X ni operaciones con criptoactivos similares un mes después.
[1] La palabra “comercializar” es la operativa: lo que queda limitado una vez transcurrido el plazo pertinente es la actividad de comercialización, no el servicio ya iniciado.
ESMA aclaró además su posición en el párrafo 50 del Informe Final: el plazo explicitado en la Directriz 3 solo se aplica a la comercialización de nuevos criptoactivos y servicios de criptoactivos que sean del mismo tipo que el criptoactivo o el servicio de criptoactivos solicitado inicialmente por el cliente por iniciativa exclusiva propia. Por tanto, no se aplica a la relación resultante de la prestación del servicio de criptoactivos iniciada por iniciativa exclusiva propia del cliente.
[2]
El párrafo 47 del Informe Final recoge la negativa deliberada de ESMA a fijar un techo numérico: no obstante, no es posible ni deseable establecer un plazo determinado, ya que el plazo pertinente dependerá de las circunstancias específicas de cada caso.
[2]
La prueba de dos vertientes para la comercialización posterior
Tras el contacto original derivado de reverse solicitation, cualquier actividad de marketing posterior de la empresa de un tercer país dirigida a ese cliente debe superar ambos requisitos siguientes:
- Vertiente del tipo (artículo 61(2)). La comercialización de nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos al cliente está prohibida en todo momento. La nota al pie 10 del Informe Final es explícita:
Otros tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos no pueden comercializarse en absoluto al cliente sobre la base del artículo 61 de MiCA, ni siquiera durante un breve período de tiempo tras la solicitud del cliente.
[2] - Elemento temporal (Directrices, apartados 25–28). La comercialización del mismo tipo de criptoactivo o servicio solo se permite en el contexto de la operación original. Una vez transcurrido un tiempo relevante, el contacto ya no puede caracterizarse de forma plausible como realizado a iniciativa exclusiva del cliente; ESMA emplea un mes a modo de ejemplo, pero se abstiene expresamente de fijar el plazo.
Determinación del «mismo tipo»
La directriz 4, apartado 30 exige que la empresa evalúe si dos criptoactivos o dos servicios de criptoactivos son del mismo tipo caso por caso, teniendo en cuenta elementos como (i) la categoría del criptoactivo o del servicio o actividad de criptoactivos ofrecido y (ii) los riesgos asociados a cada criptoactivo o servicio o actividad de criptoactivos.
[1]
El apartado 32 de la Directriz 4 establece una lista no exhaustiva de pares que no son del mismo tipo:
- Tokens de utilidad frente a fichas referenciadas a activos frente a fichas de dinero electrónico.
- Criptoactivos no almacenados ni transferidos mediante la misma tecnología.
- Tokens de dinero electrónico que no referencian la misma moneda oficial.
- Tokens referenciados a activos basados mayoritariamente en monedas fiat frente a aquellos con ponderaciones significativas de criptomonedas.
- Criptoactivos líquidos frente a ilíquidos.
- Criptoactivos distintos de los ART y los EMT con oferentes no identificables frente a aquellos con oferentes identificables.
El apartado 31 de la Directriz 4 recuerda a las entidades que la categorización debe ser lo suficientemente granular para garantizar que la exención de reverse solicitation no pueda utilizarse para eludir los requisitos de autorización previstos en el artículo 59 de MiCA.
[1]
Documentación y carga de la prueba
Acreditar que el contacto de cada cliente se produjo por iniciativa exclusiva de este corresponde a la firma. La directriz 3, apartado 28, exige que las empresas de terceros países deben poder aportar registros que documenten la relación con el cliente y, en particular, si el cliente ha tomado la iniciativa de recibir servicios de criptoactivos respecto de un nuevo producto.
[1]
El artículo 61(1), párrafo tercero (nivel 1) es inequívoco al establecer que el párrafo segundo, según el cual un servicio prestado tras una captación no se presta por iniciativa propia y exclusiva del cliente, se aplicará no obstante cualquier cláusula contractual o aviso legal que pretenda establecer lo contrario.
[3]
Una declaración firmada por el cliente resulta útil, pero por sí sola es insuficiente; el conjunto de circunstancias fácticas (estado del sitio web en el momento del contacto, pruebas de geobloqueo, canales por los que llegó el cliente) determina si se cumple el criterio de la iniciativa exclusiva.
El geobloqueo preventivo
El párrafo 16 de las Directrices ofrece lo que es, en la práctica, la orientación operativa más útil para las empresas que desean una posición clara: cuando pueda considerarse que una empresa está captando clientes de la UE, la empresa del tercer país puede, por ejemplo, no aceptar cuentas de nuevos clientes de la UE o bloquear geográficamente los medios de acceso a sus servicios o actividades de criptoactivos.
[1] La nota a pie de página 4 de las Directrices precisa que el bloqueo geográfico incluye bloquear las direcciones IP originadas en la UE y no poner la aplicación móvil a disposición en las tiendas de aplicaciones de la UE.
El geobloqueo no constituye una defensa frente a conductas pasadas, pero sí es una postura creíble de cara al futuro, especialmente cuando se acompaña de una política interna documentada.
Directrices de ESMA sobre reverse solicitation (febrero de 2025)
El instrumento operativo de ESMA son las Directrices sobre reverse solicitation en virtud de MiCA (ESMA35-1872330276-2030), publicadas el .[1] Su aplicabilidad comienza el (60 días naturales tras la publicación de todas las traducciones oficiales); la fecha límite de notificación por las NCA fue el . Publicado el , el Informe Final (ESMA35-1872330276-1899) precedente constituye el historial de elaboración; no es el instrumento operativo.[2]
Qué hacen las Directrices
Las Directrices articulan tres funciones sustantivas. En primer lugar, establecen una lista ilustrativa y no exhaustiva de indicios de captación que privan de efecto a la exención del artículo 61 (véase el §Por qué la exención es estrecha). En segundo lugar, articulan el elemento temporal y la regla del mismo tipo respecto de la comercialización posterior a un cliente captado por reverse solicitation, junto con la prohibición legal del artículo 61(2) de comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios de criptoactivos a dicho cliente (véase el §El plazo y la regla del mismo tipo).
En tercer lugar, establecen prácticas de supervisión para que las ANC detecten la elusión, y esperan que la empresa de un tercer país que se ampara en el artículo 61 lleve registros que documenten la relación con cada cliente. Conforme al artículo 16(3) del Reglamento (UE) n.º 1095/2010, las ANC deben hacer todo lo posible por cumplir las Directrices, y las directrices sobre captación de la sección 5 se aplican también a las propias empresas de terceros países (apartado 1 de las Directrices).[1][7]
Informe final frente a las Directrices: la trampa de las citas
El patrón de publicación de instrumentos de ESMA suele desarrollarse en dos fases: un informe final que cierra la consulta (con el texto recomendado en un anexo) y, semanas o meses después, el instrumento operativo con un identificador de documento distinto y una fecha de publicación independiente. Ambas publicaciones son reales y citables, pero constituyen artefactos diferenciados con estatus jurídico diferenciado.
Para la reverse solicitation, el Informe Final es ESMA35-1872330276-1899 () y las Directrices son ESMA35-1872330276-2030 (). Cuando se describe el régimen en vigor, la cita correcta es la de las Directrices.[1][2] El Informe Final conserva valor sustantivo para dos fines: contiene el razonamiento de ESMA sobre disposiciones controvertidas recogidas en las respuestas a la consulta, y los apartados 46 a 51 son la formulación más clara de cómo opera realmente el límite temporal a la comercialización posterior, material que no se reproduce en las Directrices operativas.
Fecha de aplicación frente a fecha de publicación
La fecha de publicación (cuando se emitió el instrumento operativo) es el . El cumplimiento se exige desde la fecha de aplicación del , calculada como 60 días naturales tras la publicación de todas las traducciones oficiales. Utilice la fecha de publicación al citar las Directrices como artefacto regulatorio; utilice la fecha de aplicación al describir el momento en que el régimen empezó a surtir efecto.
A más tardar el , cada ANC debía comunicar a ESMA si cumple las Directrices, si tiene intención de cumplirlas o si ni las cumple ni tiene intención de cumplirlas.[1]
Por qué la reverse solicitation no puede ser una estrategia de entrada al mercado
Entre la lista no exhaustiva de indicadores de solicitación y la prohibición del artículo 61(2) de comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios a un cliente captado por reverse solicitation, el artículo 61 resulta estructuralmente inadecuado como estrategia de entrada en el mercado para cualquier empresa de criptoactivos de un tercer país que pretenda mantener una actividad continuada con clientes de la UE. Ese uso es precisamente lo que la redacción está diseñada para impedir.
La implicación para el operador offshore
Para un operador con licencia offshore (BVI, Caimán, Bermudas, Saint Kitts, Santa Lucía, Vanuatu; las Islas Marshall no expiden licencia cripto y un certificado privado de Comoras (Anjouan) no es una licencia), la consecuencia es que la licencia offshore no autoriza por sí sola la captación de clientes de la UE. Los servicios solicitados por iniciativa propia y exclusiva del cliente de la UE y la relación específicamente vinculada pueden acogerse al artículo 61, con la comercialización posterior del mismo tipo limitada al contexto de la operación original;[1][3] continuar esa relación no está por sí mismo prohibido ni sujeto a plazo. Las restricciones afectan a la captación y comercialización posterior, no a la mera recurrencia.
Un registro VASP offshore sigue teniendo valor comercial para bases de clientes fuera de la UE, vehículos de emisión de tokens, estructuras de tenencia y domiciliación de fondos; pero la base de clientes de la UE debe canalizarse a través de un CASP de la UE o del EEE autorizado por separado.
Qué sale mal cuando las empresas tratan el artículo 61 como una estrategia
Un fallo típico se desarrolla así. Una entidad de un tercer país capta clientes de la UE a través de una landing page traducida o de un embudo de afiliados, registra esas relaciones bajo una clasificación de «artículo 61» y utiliza la relación para comercializar otros criptoactivos o nuevos servicios a esos clientes. Una revisión de la NCA examinaría entonces el sitio web, los textos de marketing, la presencia en redes sociales, las colaboraciones con influencers y la arquitectura de afiliados.
Cada uno de ellos se corresponde con los indicadores de solicitación de las Directrices de ESMA, y el patrón de comercialización adicional se corresponde con el artículo 61(2). Bajo el peso del contexto de comercialización circundante, la afirmación de la firma de que los clientes iniciaron el contacto por su exclusiva iniciativa se desmorona.
Las sanciones por la prestación no autorizada de servicios de criptoactivos en la Unión se rigen por MiCA, artículo 111: las sanciones pecuniarias administrativas máximas mínimas son de al menos 5 millones EUR o el 5% del volumen de negocios anual total para las personas jurídicas y de al menos 700.000 EUR para las personas físicas por incumplimiento del requisito de autorización del artículo 59. Los Estados miembros pueden fijar sanciones más elevadas conforme al artículo 111(6); en varios Estados miembros se aplican sanciones penales.[3][9][16][17]
Pautas de aplicación de las autoridades nacionales competentes
La aplicación del artículo 61 se canaliza a través de la autoridad nacional competente (NCA) de cada Estado miembro. Las Directrices de ESMA fijan indicadores y prácticas de supervisión comunes para todas las NCA,[1] pero las vías procesales difieren según el Estado miembro.
Qué puede examinar una revisión de la NCA
Las Directrices no prescriben una secuencia de investigación fija. Cada NCA debe utilizar una o varias prácticas de supervisión. Las Directrices mencionan la búsqueda de empresas con prefijos telefónicos locales o direcciones web de países de la UE, las encuestas a consumidores y las herramientas de seguimiento del marketing que monitorizan las redes sociales. Añaden los intercambios con otras autoridades, como la policía y las autoridades tributarias, y el seguimiento de reclamaciones de clientes y denuncias de informantes.[1]
A continuación, la revisión puede contrastar la actividad de la empresa con los indicios del anexo: idiomas del sitio web, ccTLD y referencias a la UE, textos de marketing, actividad en redes sociales y relaciones con influencers, patrocinios y la arquitectura de afiliación y recomendación. También importan los registros de la empresa sobre cómo comenzó cada relación con un cliente, porque si la iniciativa partió del cliente es una cuestión de hecho que las cláusulas contractuales no pueden desvirtuar.[1]
Patrones de aplicación por Estado miembro
- Francia, AMF. Anunció el que aplica las Directrices de ESMA sobre reverse solicitation, uno de los seis conjuntos de directrices de las AES en el marco de MiCA, y señaló que coinciden en gran medida con su interpretación previa de la reverse solicitation. La AMF publica listas negras de empresas y sitios web no autorizados, incluidos los proveedores de criptoactivos.[10] En una resolución del , su Comisión Sancionadora rechazó la defensa de reverse solicitation invocada por un asesor en inversiones financieras respecto de un fondo alemán no autorizado para su comercialización en Francia, e impuso a la empresa y a su directivo una multa de 50.000 EUR a cada uno; las cláusulas estándar para clientes solo habían mantenido la apariencia de que los clientes habían tomado la iniciativa.[21]
- Luxemburgo, CSSF. La CSSF publica advertencias sobre casos concretos relativas a entidades no autorizadas en su lista oficial de advertencias.[11]
- Alemania — BaFin. Autoridad competente en virtud de la Ley alemana de supervisión de los mercados de criptoactivos (KMAG), parte de la Ley de digitalización del mercado financiero (FinmadiG) adoptada el . La prestación de servicios de criptoactivos sin autorización constituye un delito conforme al artículo 46 de la KMAG,[17] y BaFin publica advertencias al consumidor sobre sitios web y plataformas fraudulentos.[12]
- Italia — CONSOB. Con arreglo al artículo 7-octies del Decreto Legislativo n. 58/1998 (la Ley Consolidada de Finanzas italiana), en combinación con las facultades conferidas por el Decreto Legislativo n. 129 de (que transpuso las facultades relacionadas con MiCAR), CONSOB ha ordenado el bloqueo de sitios de cripto no autorizados de forma continuada. A fecha de , CONSOB había ordenado el bloqueo de 1.799 sitios web desde julio de 2019, de los cuales 233 estaban relacionados con servicios de criptoactivos.[15]
- Países Bajos, DNB. Antes de MiCA, el DNB registraba a los proveedores de servicios cripto conforme a la normativa AML neerlandesa, y ha impuesto sanciones pecuniarias administrativas a empresas de criptoactivos de terceros países que operaban sin registro, entre ellas 2,25 millones EUR a Bybit Fintech Limited () y 2,25 millones EUR a Aux Cayes Fintech Co. Ltd., que opera como OKX ().[14]
- Chipre – CySEC. El régimen de advertencias de CySEC es similar al de los demás; CySEC tramitó un proceso de solicitud MiCA para los CASP existentes acogidos al régimen nacional chipriota, cuyo plazo de presentación, fijado el , ya ha vencido. Los CASP que presentaron su solicitud a más tardar en esa fecha podían seguir operando bajo el régimen nacional hasta que su solicitud fuera aprobada o denegada, o hasta que finalizara el período transitorio el , si esto ocurría primero;[8][13] los que no la presentaron deben remitir planes de cese ordenado de actividad.[13]
Cumplir o explicar según el Reglamento de ESMA
Conforme al artículo 16(3) del Reglamento (UE) n.º 1095/2010, las ANC deben hacer todo lo posible por cumplir las Directrices.[1][7] La ANC que no las cumpla, o no tenga intención de cumplirlas, debe comunicar a ESMA sus motivos, y ESMA publica el hecho del incumplimiento. En materia de reverse solicitation, la fecha límite de notificación por las ANC del exigía que cada ANC declarara su intención de cumplimiento.
ESMA también puede revisar cómo aplican las NCA las Directrices mediante revisiones inter pares conforme al artículo 30 del mismo Reglamento.[7] Las Directrices ofrecen a todas las NCA la misma lista no exhaustiva de indicios de qué desvirtúa el artículo 61; la respuesta procedimental (advertencia administrativa, orden de cese, sanción pecuniaria, remisión a la vía penal) varía según la jurisdicción.
Alternativas conformes a la reverse solicitation
Una empresa de un tercer país con clientes de la UE bajo MiCA dispone de cuatro opciones estructurales. Tres permiten acceso sostenido sin depender del artículo 61; la cuarta limita la actividad a servicios realmente iniciados por el cliente y a las relaciones resultantes conforme al artículo 61. Cada opción tiene costes, plazos, capital y riesgos distintos; la elección depende del operador. Las cifras siguientes son estimaciones de planificación, no tarifas publicadas ni plazos legales.
Opción 1: autorización de CASP constituido en la UE
La solución estándar. Constituir una entidad jurídica en un Estado miembro de la UE, solicitar la autorización como CASP conforme al artículo 63 de MiCA y ejercer el pasaporte europeo conforme al artículo 65.[3][5]
Conforme al artículo 59(2), el CASP necesita su domicilio social en el Estado de autorización, donde preste al menos parte de sus servicios, su lugar de dirección efectiva en la Unión y al menos un administrador residente en la Unión; las estructuras meramente documentales no son autorizables. El coste del primer año, sin incluir el capital regulatorio, suele situarse entre unos 45.000 USD y 810.000 USD, y la horquilla refleja las diferencias entre autoridades nacionales competentes y entre clases de servicio (Eslovaquia en el extremo inferior; Irlanda en el superior).
Chipre queda dentro de esa banda, mientras que el desarrollo típico de Clase 2/3 de Malta, de €490.000–€1.075.000 (unos USD 560K–1.2M, más tasas legales), durante 9–18 meses, comienza en su mitad superior y supera su máximo.
Los umbrales por clase del anexo IV se escalonan según el conjunto de permisos de servicios:
- Clase 1: 50.000 EUR. Cubre la recepción y transmisión, la ejecución, la colocación, el asesoramiento, la gestión de carteras y los servicios de transferencia.
- Clase 2: 125.000 EUR. Clase 1 más custodia y administración, cambio de criptoactivos por fondos y cambio de criptoactivos por otros criptoactivos.
- Clase 3: 150.000 EUR. Clase 2 más la explotación de una plataforma de negociación.
Conforme al artículo 67 de MiCA, las salvaguardas prudenciales deben equivaler, como mínimo, al mayor entre el umbral de la clase aplicable del anexo IV y el 25% de los gastos fijos generales del ejercicio anterior. Una empresa nueva utiliza los gastos fijos generales previstos para sus primeros 12 meses; se aplican las deducciones permitidas. El requisito puede cumplirse con fondos propios admisibles, una póliza de seguro o una garantía comparable, o una combinación de ellos. Estonia, Lituania, Malta y Chipre son puntos de entrada habituales; la elección depende del idioma, la infraestructura, los plazos de tramitación y el acceso bancario de la contraparte.
Opción 2: pasaporte EEE mediante JCD 41/2025
Para operadores que prefieran los Estados EEE-AELC, MiCA se incorporó al Acuerdo EEE mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 41/2025, de (con RTS complementarias mediante la DCM 138/2025, de , relativas a los registros del libro de órdenes y a la transparencia de las plataformas de negociación).[5][6] La decisión está en vigor en el EEE desde el 24 de junio de 2025.[18] Los requisitos sustantivos siguen a MiCA; las NCA competentes son el Banco Central de Islandia, la FMA de Liechtenstein y la Finanstilsynet de Noruega.
Las autorizaciones emitidas por estas NCA se benefician del pasaporte europeo sobre la misma base del artículo 65 que las autorizaciones de los Estados miembros de la UE.
Opción 3: estructuración en dos jurisdicciones
Para operadores con base de clientes tanto offshore como en la UE, la estructura estándar combina una sociedad operativa offshore (BVI, Caimán, Bermudas) con una entidad vinculada autorizada como CASP en la UE. Los clientes no pertenecientes a la UE son atendidos por la entidad offshore; la entidad vinculada de la UE atiende a los clientes de la UE mediante pasaporte. Ambas entidades firman un acuerdo intragrupo de servicios para cualquier infraestructura compartida de tecnología, tesorería o compliance. La estructura preserva la eficiencia fiscal offshore para los ingresos procedentes de clientes no pertenecientes a la UE, al tiempo que ofrece una vía plenamente conforme para los clientes de la UE.
Opción 4: Uso limitado del artículo 61
Para las empresas con una exposición a la UE muy limitada y genuinamente no solicitada, sigue estando disponible una invocación disciplinada del artículo 61. Las condiciones son restrictivas: ninguna comercialización dirigida a la UE, revisándose uno por uno frente a los indicadores de ESMA, a la luz de todos los hechos, las colocaciones de pago, los idiomas del sitio web, los ccTLD de la UE y los subdirectorios por país, el posicionamiento SEO dirigido, el patrocinio de eventos, las relaciones con influencers y afiliados y la disponibilidad en tiendas de aplicaciones, documentación rigurosa de la iniciativa exclusiva de cada cliente, ninguna comercialización de nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos al cliente conforme al artículo 61(2), y comercialización del mismo tipo únicamente en el contexto de la operación original.
La relación de servicios surgida por iniciativa propia y exclusiva del cliente puede continuar sin límite temporal. La repetición del servicio no está prohibida por sí misma; la captación y comercialización posterior deben seguir cumpliendo el artículo 61 y las Directrices de ESMA.
Comparación de las cuatro opciones estructurales
| Factor | CASP de la UE (opción 1) | Pasaporte EEE (Opción 2) | Estructura dual (Opción 3) | Limitado art. 61 (Opción 4) |
|---|---|---|---|---|
| Alcance geográfico | 30 Estados del EEE (27 de la UE + Islandia, Liechtenstein, Noruega) mediante notificación del artículo 65 | Los mismos 30 Estados del EEE desde una NCA de origen en Islandia, Liechtenstein o Noruega (JCD del EEE 41/2025, en vigor desde el 24 de junio de 2025) | Base de clientes de la UE y offshore | Solo servicios solicitados por iniciativa propia y exclusiva del cliente |
| Coste del año 1 (USD) | Unos 45.000–810.000 según la NCA y la clase, sin incluir el capital regulatorio (Malta, más, véase arriba) | 200.000–500.000 | 250.000–700.000 | Únicamente carga documental |
| Capital / salvaguardas prudenciales | Umbrales por clase del anexo IV: 50.000 EUR (Clase 1), 125.000 (Clase 2), 150.000 (Clase 3) conforme al anexo IV | Umbrales por clase del anexo IV: 50.000 / 125.000 / 150.000 EUR conforme al anexo IV | Umbrales por clase del anexo IV + mínimo offshore | Ninguna (sin autorización de la UE) |
| Plazos | 3–18 meses según la NCA | 6–12 meses (Banco Central de Islandia, FMA, Finanstilsynet) | 6–14 meses (procesos paralelos) | Inmediato (por contacto) |
| Prueba de sustancia económica | Domicilio social en el Estado de autorización; dirección efectiva en la UE | Domicilio social en el Estado de autorización; dirección efectiva en el EEE | Dos centros de administración | Sin sustancia económica en la UE; sede central íntegramente en un tercer país |
| Ideal para | Operadores estándar solo UE | Operadores con preferencias EEE-EFTA | Operadores con bases de clientes offshore y de la UE | Empresas con servicios en la UE realmente iniciados por el cliente y comercialización posterior conforme |
Para los CASP de MiCA, los importes indicados son los umbrales por clase del anexo IV. Las salvaguardas prudenciales deben equivaler, como mínimo, al mayor entre el umbral de la clase aplicable del anexo IV y el 25% de los gastos fijos generales del ejercicio anterior. Una empresa nueva utiliza los gastos fijos generales previstos para sus primeros 12 meses; se aplican las deducciones permitidas. El requisito puede cumplirse con fondos propios admisibles, una póliza de seguro o una garantía comparable, o una combinación de ellos. Artículo 67(1)–(4) de MiCA.
Compare todas las jurisdicciones cripto en paralelo →
Cómo las autoridades distinguen la reverse solicitation genuina del marketing
Las Directrices de ESMA establecen cómo deben distinguir las autoridades competentes la reverse solicitation genuina del marketing encubierto. Su anexo enumera circunstancias en las que es probable que se considere que una empresa de un tercer país capta clientes de la UE.[1] Los arquetipos siguientes aplican esas Directrices a patrones habituales; son ilustraciones, no resúmenes de casos resueltos.
Arquetipo 1: el contacto institucional genuinamente no solicitado
Un inversor institucional establecido en la UE lee un informe de investigación global, identifica un servicio de criptoactivos concreto de un tercer país que satisface un requisito de su cartera y contacta directamente con la empresa del tercer país a través del sitio web global de la empresa, disponible únicamente en inglés. Nada del lado de la empresa del tercer país apunta a la Unión: ni sitios en lenguas de la UE, ni ccTLD de la UE, ni colaboraciones con influencers de la UE, ni programa de afiliación, ni presencia en tiendas de aplicaciones de la UE, ni campañas publicitarias geolocalizadas hacia la UE. La empresa presta el servicio de criptoactivos concreto solicitado, documenta la iniciativa exclusiva del cliente y no comercializa al cliente ningún nuevo tipo de criptoactivos o servicios conforme al artículo 61(2).
Cualquier actividad de marketing posterior del mismo tipo se produce, en su caso, únicamente en el contexto de la operación original. Este es el patrón que protege el artículo 61, siempre que los registros de la empresa acrediten la iniciativa exclusiva del cliente.
Arquetipo 2: La página de destino traducida
Una empresa de un tercer país opera un sitio web en un dominio `.com` con contenido en inglés, pero ofrece un selector de idioma que muestra versiones en alemán, francés, italiano, español y polaco del material comercial, las condiciones generales (T&C) y la interfaz de KYC. Los clientes de la UE realizan el onboarding predominantemente a través de los flujos traducidos. Cada relación incorporada se clasifica como artículo 61 sobre la base de que el cliente «hizo clic» en lugar de haber sido «captado». Las Directrices de ESMA consideran un sitio web en una lengua oficial de la UE que no es habitual en las finanzas internacionales, o las herramientas de traducción integradas, como un probable indicio de captación. La excepción es una empresa que procede de una jurisdicción no perteneciente a la UE que utiliza esa lengua, o que tiene clientes o se dirige a clientes potenciales en ella. Por ejemplo, entrarían en la excepción unas páginas en francés dirigidas a clientes de Quebec.[1] A falta de tal vínculo, los flujos traducidos apuntan a una captación, y es improbable que el contacto de los clientes cuente como su iniciativa exclusiva.
Arquetipo 3: el embudo de afiliación
Una empresa de un tercer país gestiona un programa de afiliados global con reparto de ingresos. En la red de afiliados figuran operadores de sitios de noticias sobre criptoactivos en lenguas de la UE, creadores de YouTube ubicados en la UE y editores de blogs domiciliados en la UE con píxeles de seguimiento que dirigen a lectores de la UE hacia el flujo de onboarding de la empresa bajo identificadores de afiliado. La empresa clasifica los onboardings resultantes como artículo 61. Este esquema falla en el indicador de programas de afiliación y referidos (programas que dirigen tráfico de la UE); la arquitectura del embudo constituye la solicitación, independientemente de dónde se firme el contrato de afiliación.
Arquetipo 4: El patrocinio de conferencias
Una empresa de un tercer país patrocina una conferencia de criptoactivos en un Estado miembro de la UE, instala un estand, distribuye artículos promocionales con su marca y recoge tarjetas de visita. Dos semanas después, varios asistentes a la conferencia escriben a la empresa por correo electrónico para abrir cuentas. La empresa clasifica estas relaciones conforme al artículo 61, alegando que fueron los propios clientes quienes iniciaron el contacto por correo electrónico. Este patrón fracasa ante el indicador de patrocinio de eventos en la UE; el propio patrocinio de la conferencia constituye la presencia comercial que generó los contactos entrantes. La distancia temporal entre el patrocinio y el onboarding no rompe el vínculo.
Arquetipo 5: la venta cruzada mediante notificaciones push
Una empresa de un tercer país tiene un cliente de la UE genuinamente captado por reverse solicitation que contactó inicialmente con la empresa para comprar el criptoactivo X. Dos días después de la operación inicial, la empresa envía una notificación push a la aplicación móvil del cliente que lo dirige a una lista de criptoactivos en tendencia, algunos de los cuales no son del mismo tipo que el activo solicitado originalmente.
Dos meses después, la firma envía otra notificación push animando al cliente a operar más con el criptoactivo X mediante una promoción temporal. La primera notificación incumple el artículo 61(2) (la comercialización de criptoactivos que no sean del mismo tipo que el solicitado inicialmente está prohibida en todo momento). La segunda notificación incumple la Directriz 3 (la comercialización del mismo tipo de criptoactivo una vez transcurrido un plazo significativo no puede calificarse como realizada a iniciativa exclusiva del cliente). Ambos supuestos son ejemplos expresos del Anexo de las Directrices de ESMA.
La conclusión de la investigación
Los cinco arquetipos siguen la lógica de las Directrices de ESMA: el artículo 61 protege la consulta entrante que llega a pesar de la presencia de una entidad de un tercer país en la UE; no protege la consulta entrante que llega a causa de esa presencia. Según las Directrices, una empresa que capta clientes de la UE por cualquiera de los canales expuestos anteriormente debe considerarse que realiza captación en la Unión. No puede acogerse a la exención, ni siquiera respecto de un cliente que llegó por otra vía.[1]
Las ANC evalúan la totalidad de la huella orientada a la UE, no la forma del evento de onboarding individual.
Cómo ayuda Jagelski & Partners
Jagelski & Partners delimita por escrito si la actividad en la UE de una empresa de criptoactivos de un tercer país puede ampararse en el artículo 61 y qué alternativas conformes existen cuando no puede. El planteamiento escrito cubre el licenciamiento, la constitución y la banca antes de presentar a especialistas independientes.
El proceso de colaboración en tres etapas
- Fase 1: evaluación del artículo 61. Revisión del sitio web de la empresa de un tercer país, de sus textos de marketing, su posicionamiento SEO, su actividad en redes sociales, sus relaciones con influencers, patrocinios, arquitectura de afiliación, disponibilidad en tiendas de aplicaciones y pautas de comunicación posteriores al onboarding, contrastados con los indicadores de solicitación de ESMA, junto con una revisión de cualquier comercialización del mismo tipo o de un nuevo tipo dirigida a clientes existentes frente a la prohibición del artículo 61(2) y el elemento temporal de la Directriz 3. Resultado: una evaluación por escrito sobre si la actividad actual en la UE queda dentro o fuera del artículo 61, con un plan de subsanación si la actividad queda fuera.
- Fase 2: Recomendación estructural. Selección de la alternativa conforme adecuada al perfil del operador: CASP constituido en la UE (qué Estado miembro, qué clase de capital, qué calendario), pasaporte europeo en el EEE a través del Banco Central de Islandia, la FMA o Finanstilsynet, o estructura de doble jurisdicción con acuerdos de servicios intragrupo. Resultado: un modelo comparativo de costes y plazos con los requisitos de solicitud específicos de cada NCA.
- Etapa 3: Presentaciones para la implementación. Si el cliente decide continuar, Jagelski & Partners le presenta especialistas independientes, procedentes de los más de 50 especialistas jurídicos, regulatorios y de compliance de su red de socios, para la constitución de la entidad, la preparación de la solicitud, la interlocución con el regulador, la colocación bancaria y el compliance posterior a la autorización. El cliente contrata directamente con cada especialista, que realiza el trabajo y es responsable de él.
Acceso bancario para CASP constituidos en la UE
Una autorización CASP en la UE solo está operativamente completa con acceso bancario. Un especialista independiente presentado por Jagelski & Partners coordina la colocación bancaria en más de 90 entidades para empresas de criptoactivos; a través de la red de socios, las empresas colocaron más de catorce mil millones de euros de facturación de clientes a través de relaciones bancarias y con EMI en 2025. La cobertura de la red de colocación abarca bancos de la UE, EMI en Lituania, los Países Bajos y España, bancos corresponsales offshore e infraestructura de pagos cripto-nativa en Suiza, Liechtenstein, los Emiratos Árabes Unidos y Asia.
Colocación precualificada, sin recargo sobre los precios institucionales, sin comisión de onboarding. Para la mayoría de los CASP recién autorizados, la colocación bancaria se tramita en paralelo con el proceso de solicitud, de modo que la preparación operativa se alcance en el momento de la autorización. Colocación bancaria en nuestra red de socios →
Preguntas frecuentes
La reverse solicitation prevista en MiCA, artículo 61, es una excepción de redacción restrictiva al requisito del artículo 59 según el cual los servicios de criptoactivos prestados a clientes en la Unión deben ser prestados por un CASP autorizado por una autoridad nacional competente de la UE o del EEE o por una entidad financiera admisible que notifique conforme al artículo 60.[3] La excepción solo se aplica cuando un cliente establecido o situado en la Unión inicia la prestación de un servicio o actividad de criptoactivos por iniciativa propia y exclusiva.
Las Directrices de ESMA publicadas el 26 de febrero de 2025 (ESMA35-1872330276-2030) interpretan la excepción de forma restrictiva y se aplican desde el 27 de abril de 2025; una lista ilustrativa y no exhaustiva de indicadores de captación (publicidad dirigida, sitios en lenguas de la UE, dominios de primer nivel de código de país, patrocinio de eventos en la UE, influencers establecidos en la UE, programas de afiliación o de referidos, posicionamiento SEO dirigido, aplicaciones móviles, entre otros) orienta la valoración, realizada a la luz de todos los hechos, de si una empresa ha captado clientes de la UE, en cuyo caso la exención no se aplica. El artículo 61(2) prohíbe por separado que la empresa de un tercer país utilice la iniciativa exclusiva inicial del cliente para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos a ese cliente.
Se trata de una excepción, no de una exclusión. El artículo 61 se sitúa dentro del perímetro de autorización de MiCA, no fuera de él. La redacción es deliberadamente restrictiva, las Directrices de ESMA la estrechan aún más, y el artículo 61(2) prohíbe a la empresa de un tercer país servirse de la iniciativa exclusiva inicial del cliente para comercializar a ese cliente nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos.
Incluso la comercialización del mismo tipo de criptoactivo o servicio debe producirse en el contexto de la operación original; ESMA ejemplifica que una empresa no podría comercializar al cliente el mismo criptoactivo un mes después. Las Directrices de ESMA impiden usar la exención para eludir la autorización del artículo 59, pero continuar una relación iniciada por iniciativa propia y exclusiva del cliente no está por sí mismo prohibido ni sujeto a plazo. Una empresa no puede usar el artículo 61 para captar clientes de la UE o realizar comercialización posterior prohibida.
El plazo de un mes no constituye un límite máximo de la relación de servicio en sí; es un elemento temporal ilustrativo relativo a la comercialización de nuevas operaciones o de nuevos criptoactivos a un cliente captado mediante reverse solicitation. Las Directrices 3, apartado 27, de ESMA ofrecen el ejemplo de que, si el cliente contacta con la empresa de un tercer país para comprar el criptoactivo X, la empresa no estaría facultada para comercializar al cliente nuevas operaciones sobre el criptoactivo X u operaciones sobre criptoactivos similares un mes más tarde, porque el contacto ya no puede calificarse de forma plausible como realizado a iniciativa exclusiva del cliente.
En el apartado 50 de su Informe Final, ESMA aclaró expresamente que el límite temporal se aplica únicamente a la comercialización de nuevos criptoactivos y servicios de criptoactivos del mismo tipo; no se aplica a la relación derivada de la prestación del servicio de criptoactivos iniciado por iniciativa exclusiva del cliente. ESMA señaló además, en el apartado 47 del Informe Final, que no es posible ni deseable fijar un límite temporal numérico; un mes es únicamente una ilustración. Lo que queda prohibido tras un período durante el cual el contacto ya no puede calificarse de forma plausible como realizado a iniciativa exclusiva del cliente es la comercialización de operaciones adicionales o de criptoactivos adicionales, incluso del mismo tipo que el solicitado originalmente, salvo que se ofrezcan en el marco de la operación original. La comercialización de nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos está prohibida en todo momento en virtud del artículo 61(2).
Las Directrices de ESMA establecen una lista ilustrativa y no exhaustiva de indicios de captación. Solo el apartado 12 de las Directrices menciona al menos quince ejemplos: anuncios en internet, folletos, llamadas telefónicas, correos electrónicos, banners o ventanas emergentes en sitios web y redes sociales, reuniones presenciales, comunicados de prensa, sitios web y aplicaciones móviles, participación en road shows y ferias comerciales, invitaciones a eventos, campañas de afiliación, retargeting publicitario, invitaciones a cumplimentar un formulario de respuesta, plataformas de mensajería y acuerdos de patrocinio.
El Anexo añade otros ejemplos, entre ellos la orientación SEO (dominios de primer nivel con código de país, subdirectorios por país, SEO con segmentación geográfica), sitios en lenguas de la UE (con la matización de que el inglés es habitual en las finanzas internacionales y constituye por sí solo un indicio más débil), el patrocinio de eventos deportivos centrados en la UE o en un Estado miembro, influencers establecidos en la UE (la remuneración es un indicio sólido, pero no necesario), las notificaciones push a clientes existentes captados por reverse solicitation para promocionar productos adicionales o nuevos, la agrupación de servicios en respuesta a una única solicitud, y la remisión, por parte de un intermediario regulado en la UE, de clientes de la UE a una entidad del grupo situada en un tercer país. El criterio no es la intención declarada de la empresa de un tercer país, sino si el contacto del cliente de la UE se produjo genuinamente por iniciativa exclusiva de este; las declaraciones contractuales de descargo no pueden desplazar hechos en sentido contrario.
Las Directrices de ESMA aplicables en materia de reverse solicitation en el marco de MiCA (ESMA35-1872330276-2030) se publicaron el 26 de febrero de 2025. La fecha de aplicación es el 27 de abril de 2025 (60 días naturales después de la publicación de todas las traducciones oficiales); la fecha límite de notificación por las ANC era el 26 de abril de 2025. El Informe Final del 17 de diciembre de 2024 (ESMA35-1872330276-1899) constituye el antecedente en la historia de redacción; no es el instrumento aplicable. La fecha de aplicación del 27 de abril de 2025 rige el compliance, mientras que la fecha de publicación del 26 de febrero de 2025 es la que se cita cuando se hace referencia a las propias Directrices.
No, no como estrategia sostenida de entrada en el mercado. La posición por defecto del artículo 59 es que los servicios de criptoactivos en la Unión requieren una autorización como CASP o, en el caso de una entidad financiera admisible, una notificación conforme al artículo 60; para una empresa de un tercer país, el artículo 61 es la única excepción estricta.[3] Las Directrices de ESMA restringen esa excepción de dos maneras: los indicadores de solicitación (valorados a la luz de todos los hechos; una empresa que capta clientes de la UE no puede acogerse a la excepción) y la prohibición estructural del artículo 61(2) de utilizar la iniciativa exclusiva inicial del cliente para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos a ese cliente. La comercialización del mismo tipo, incluso en un período breve, debe producirse en el contexto de la operación original.
Un operador de un tercer país puede atender legalmente al cliente de la UE que contactó por iniciativa propia y exclusiva para ese servicio y la relación resultante, pero no usar esa iniciativa para obtener nuevos servicios o exposiciones a activos para el mismo cliente sin una nueva petición iniciada por él. La recurrencia por sí sola no exige autorización: la relación iniciada por el cliente puede continuar. Captar clientes de la UE o comercializar más allá del artículo 61 requiere el permiso aplicable del artículo 59, incluida la vía del artículo 60 para entidades financieras elegibles.
Sí. MiCA se incorporó al Acuerdo EEE mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n. 41/2025, de 20 de febrero de 2025, en vigor en el EEE desde el 24 de junio de 2025 (con normas técnicas de regulación complementarias mediante la JCD 138/2025, de 13 de junio de 2025). Islandia, Liechtenstein y Noruega se sitúan, por tanto, dentro del régimen de pasaporte de MiCA y en el marco del artículo 61. Las jurisdicciones no pertenecientes a la UE ni al EEE en la Europa geográfica (el Reino Unido, Suiza, Gibraltar) quedan fuera del régimen de pasaporte de MiCA, y sus propias normas determinan si atender a clientes locales exige una licencia o un registro locales; la reverse solicitation prevista en el artículo 61 regula únicamente la cuestión de cuándo las empresas de terceros países pueden prestar servicios a clientes de la UE y del EEE.
La aplicación se articula a través de la autoridad nacional competente (ANC) de cada Estado miembro; conforme al artículo 16(3) del Reglamento de ESMA, cada ANC debe hacer todo lo posible por cumplir las Directrices de ESMA sobre reverse solicitation. La AMF francesa (que anunció en mayo de 2025 que aplica las Directrices de ESMA sobre reverse solicitation), la CSSF luxemburguesa, la BaFin alemana, la CONSOB italiana (que ha utilizado sus facultades de bloqueo previstas en el artículo 7-octies del Texto Único de las Finanzas italiano para bloquear 233 sitios web relacionados con criptoactivos hasta el 31 de julio de 2026), el banco central neerlandés De Nederlandsche Bank (DNB, que ha impuesto sanciones administrativas pecuniarias a firmas de criptoactivos de terceros países que operaban sin registro) y la CySEC chipriota han abordado todas ellas la actividad de firmas de terceros países que operan en la Unión sin autorización.
Conforme a las Directrices, las ANC deben utilizar una o varias prácticas de supervisión, como la búsqueda de prefijos telefónicos y direcciones web de la UE, encuestas a consumidores, herramientas de seguimiento de redes sociales, intercambios con otras autoridades y el seguimiento de reclamaciones, y pueden contrastar el sitio web, el marketing y la actividad con influencers, de patrocinio y de afiliación de la empresa con los ejemplos del Anexo. Las sanciones por la prestación no autorizada de servicios de criptoactivos en la Unión se rigen por el artículo 111 de MiCA: las sanciones pecuniarias administrativas máximas mínimas son de al menos 5 millones EUR o el 5% del volumen de negocios anual total para las personas jurídicas y de al menos 700.000 EUR para las personas físicas por incumplimiento del requisito de autorización del artículo 59, con umbrales más elevados para determinadas otras categorías de infracción (por ejemplo, el abuso de mercado del título VI: 15 millones EUR o el 15% del volumen de negocios anual para las personas jurídicas). Los Estados miembros pueden establecer sanciones más elevadas conforme al artículo 111(6); en varios Estados miembros se imponen sanciones penales (en Francia, hasta dos años de prisión y una multa de 30.000 EUR para las personas físicas y hasta 150.000 EUR para las personas jurídicas, conforme a los artículos L. 54-10-4 y L. 572-23 del Código Monetario y Financiero; en Alemania, hasta cinco años de prisión o multa conforme al artículo 46 de la Ley de Supervisión de los Mercados de Criptoactivos, KMAG).
Tres opciones estructurales permiten captar clientes de la UE sin depender del artículo 61. Primera, autorización CASP con constitución en la UE: crear una entidad en un Estado miembro, solicitar autorización conforme al artículo 63 de MiCA y usar el pasaporte del artículo 65. Segunda, pasaporte del EEE mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 41/2025: autorización en Islandia, Liechtenstein o Noruega, con pasaporte sobre la misma base del artículo 65. Tercera, estructura de doble jurisdicción: combinar una operadora offshore con una entidad vinculada autorizada CASP en la UE.
La cuarta opción es limitar la actividad en la UE a servicios que cada cliente solicite por iniciativa propia y exclusiva, documentándola rigurosamente, sin marketing dirigido a la UE (cada indicador de captación se examina conforme a las Directrices de ESMA y todos los hechos), sin usar la iniciativa inicial para comercializar nuevos tipos de criptoactivos o servicios a ese cliente, y con marketing del mismo tipo solo en el contexto de la operación original. La relación resultante puede continuar sin límite temporal; la mera recurrencia no está prohibida. La primera opción es la solución estándar para empresas que planean captar activamente clientes de la UE.
El análisis de reverse solicitation no se ve afectado por el bloqueo legislativo de Polonia: los CASP extranjeros autorizados en la UE pueden acceder a Polonia mediante el pasaporte europeo conforme al artículo 65 de MiCA; los VASP polacos que operan bajo el régimen nacional anterior a MiCA no pueden ejercer el pasaporte hacia el exterior porque no son CASP autorizados conforme a MiCA. A , Polonia no tenía un acto de aplicación de MiCA operativo y Rumanía tampoco tenía designada una autoridad competente.[19] El presidente Karol Nawrocki vetó la Ley del Mercado de Criptoactivos del Gobierno el y de nuevo el ; el Sejm no logró superar ninguno de los dos vetos (: 243 votos a favor, frente a los 261 requeridos; : 243 a favor, frente a 263 requeridos, en cada caso una mayoría de tres quintos de los votantes).[20] El tercer proyecto de ley del gabinete del primer ministro Tusk fue aprobado por el Sejm por 241 votos frente a 200 el , superó el Senado sin enmiendas el y se remitió al Presidente el .
El tercer veto se produjo el (solicitud de reconsideración, impreso del Sejm 2710), y el el Sejm no logró superarlo (241 votos a favor frente a los 266 necesarios).[20] Una empresa que capta clientes de la UE no puede acogerse a la exención del artículo 61, y resulta aplicable la prohibición del artículo 61(2) de comercializar nuevos tipos de criptoactivos o de servicios de criptoactivos. Los operadores actualmente constituidos en Polonia para un producto CASP deberían haberse trasladado o migrado antes del límite máximo del previsto en MiCA, artículo 143(3), plazo que ya ha vencido. El historial legislativo completo figura en la página de licenciamiento cripto de Polonia.
¿Necesita una evaluación conforme al artículo 61?
Jagelski & Partners analiza si la actividad en la UE de una empresa de un tercer país queda dentro del artículo 61 y, cuando no es así, delimita alternativas conformes: autorización como CASP constituido en la UE, pasaporte europeo en el EEE mediante la JCD 41/2025 o una estructuración en doble jurisdicción con protocolos documentados conforme al artículo 61 para los contactos incidentales.
Referencias
Mostrar todas las referencias
- ESMA, Directrices sobre reverse solicitation en el marco de MiCA (ESMA35-1872330276-2030), , esma.europa.eu, consultado el .
- ESMA, Final Report: Guidelines on reverse solicitation under MiCA (ESMA35-1872330276-1899), , esma.europa.eu, consultado el . Se cita como antecedente de la historia normativa y por la propia descripción que hace ESMA del estrecho alcance de la exención (apartado 11); el instrumento operativo es la referencia [1].
- Parlamento Europeo y Consejo, Reglamento (UE) 2023/1114 sobre los mercados de criptoactivos (MiCA), artículo 59 (requisito de autorización), artículo 61 (excepción de reverse solicitation) y artículo 111 (sanciones administrativas), EUR-Lex, consultado el .
- Parlamento Europeo y Consejo, Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA), artículo 63 (procedimiento de autorización de CASP) y artículo 65 (pasaporte europeo), EUR-Lex, consultado el .
- Comité Mixto del EEE, Decisión n.º 41/2025 por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE, , efta.int, consultado en .
- Comité Mixto del EEE, Decisión n.º 138/2025 (normas técnicas de regulación complementarias para MiCA), , efta.int, consultado en .
- Parlamento Europeo y Consejo, Reglamento (UE) n.º 1095/2010 por el que se crea ESMA, artículo 16(3) (cumplimiento de las directrices) y artículo 30 (evaluaciones inter pares de las autoridades competentes), EUR-Lex, consultado el .
- ESMA, Declaración sobre las medidas transitorias de MiCA (ESMA75-453128700-1396), , esma.europa.eu, consultado en .
- Comisión Europea, Criptoactivos (página de presentación de MiCA), finance.ec.europa.eu, consultado en .
- Autorité des Marchés Financiers (AMF), Crypto-actifs : l’AMF applique six ensembles d’orientations élaborées par les autorités européennes de supervision en lien avec le règlement MiCA, , amf-france.org; AMF, Listas negras de sociedades y sitios web no autorizados (incluida una categoría de criptoactivos), amf-france.org, consultado el .
- Commission de Surveillance du Secteur Financier (CSSF), Advertencias publicadas por la CSSF, cssf.lu, consultado el .
- Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht (BaFin), Advertencias al consumidor, bafin.de, consultado el .
- Cyprus Securities and Exchange Commission (CySEC), Nota de prensa: las solicitudes de licencia MiCA deben presentarse a más tardar el 27 de febrero de 2026, , cysec.gov.cy, consultado el .
- De Nederlandsche Bank (DNB), Multa a Bybit Fintech Limited por ofrecer servicios de criptoactivos en los Países Bajos sin el registro legalmente exigido, , dnb.nl; y Multa a Aux Cayes Fintech Co. Ltd. (OKX), , dnb.nl, consultado el .
- Commissione Nazionale per le Società e la Borsa (CONSOB), Occhio alle truffe! Abusivismo finanziario: Consob oscura 6 siti internet abusivi (aviso semanal de bloqueo de sitios web en virtud del artículo 7-octies del Decreto Legislativo n.º 58/1998 y del Decreto Legislativo n.º 129/2024: 1.799 sitios bloqueados desde julio de 2019, 233 de ellos por servicios de criptoactivos), , consob.it, consultado el .
- République française, Code monétaire et financier, artículos L. 54-10-4 y L. 572-23 (versión vigente desde el 1 de julio de 2026), y Code pénal, artículo 131-38 (multa de la persona jurídica igual a cinco veces el máximo de la persona física), legifrance.gouv.fr, consultado el .
- República Federal de Alemania, Kryptomärkteaufsichtsgesetz (KMAG), § 46 Strafvorschriften (prestación de servicios de criptoactivos en contra del artículo 59(1)(a) de MiCA), gesetze-im-internet.de, consultado el .
- AELC, EEA-Lex: Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA), incorporado al Acuerdo EEE mediante la Decisión del Comité Mixto n.º 41/2025 y en vigor en el EEE desde el 24 de junio de 2025; Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2), JCD 165/2019, en vigor desde el 1 de mayo de 2022; Directiva 2009/110/CE (EMD2), JCD 120/2010, en vigor desde el 1 de noviembre de 2012; Directiva 2014/65/UE (MiFID II), JCD 78/2019, en vigor desde el 3 de diciembre de 2019, efta.int, consultado el .
- ESMA, Lista de autoridades competentes notificadas a ESMA en virtud de MiCA (última actualización: ; Polonia y Rumanía figuran como pendientes de designación formal, y Rumanía aparece como «TBA»), esma.europa.eu, consultado el .
- Sejm de la República de Polonia, Solicitudes presidenciales de reconsideración de la Ley sobre el mercado de criptoactivos (impresos 2048, 2267 y 2710, de fechas , y ) y registros de votaciones (sesión 46, votación 75: 243 a favor, 261 necesarios; sesión 55, votación 13: 243 a favor, 263 necesarios; sesión 57, votación 45: aprobada por 241 votos contra 200; sesión 64, votación 15: 241 a favor, 266 necesarios), api.sejm.gov.pl, consultado el .
- Autorité des Marchés Financiers, Comisión de Sanciones, Nota de prensa sobre su decisión de 30 de abril de 2021 por la que se multa a un asesor de inversiones financieras y a su directivo (el argumento de reverse solicitation fue «desmentido por las pruebas»; multa de 50.000 EUR a cada uno), amf-france.org; Marielle Cohen-Branche, mediadora de la AMF, Le double piège de la reverse solicitation (cláusulas tipo en la decisión de 30 de abril de 2021), amf-france.org, consultado el .